Inicio › Foro de Summarios › No solo Summa › Número máximo de ocupantes
- Este debate tiene 47 respuestas, 1 mensaje y ha sido actualizado por última vez el hace 13 años, 8 meses por
Javier Fuentes.
- AutorEntradas
- 21/10/2011 a las 9:51 #59630chema wrote:Emilio, tu que sueles pasar por antracita ¿podrías preguntarlo en gerencia? Incluso para mas tranquilidad preguntadlo pasandolo por registro.
Creo que os estáis jugando el pan de vuestros hijos, y con eso no se juega.21/10/2011 a las 9:52 #59631emilio wrote:Desde que nos cambiaron la base no paso casi nunca por Antracita, ni ganas que tengo. La idea del escrito es buena, pero no como pregunta (sinceramente, creo que la Gerencia no lo sabe, y si lo sabe lo oculta) sino como respaldo frente a posibles problemas.Para preguntar a la DGT, lo único que he encontrado es la sección de cartas de su revista:
Tráfico y Seguridad Vial wrote:Las cartas destinadas a esta sección no deben exceder de 15 líneas, a máquina, a doble espacio. Irán firmadas y constará nombre, domicilio, teléfono a ser posible y DNI. «Tráfico y Seguridad Vial» se reserva el derecho a extractarlas cuando lo considere necesario. No se mantendrá corespondencia con los autores. Los envios se realizarán a:[align=center]REVISTA «Tráfico y Seguridad Vial»
c/ Josefa Valvárcel 28, 28027 MADRID
Sección CARTAS
e-mail: jmmenendez@dgt.es[/align]21/10/2011 a las 9:53 #59632quetecuen wrote:Casi que mejor que a la gerencia, se lo pregunteis a un guardia, lo mismo os convence antes. 😈21/10/2011 a las 9:54 #59633emilio wrote:Pongo aquí lo que pone en cada uno de los documentos para tenerlo claro:
Tarjeta de Inspección Técnica (Ministerio de Industria):
Nº de asientos: 5+1 CAMILLA+1 TRANSPONTÍN.Permiso de circulación (Ministerio del Interior, Jefatura de Tráfico de Madrid):
Número de plazas: 005Acabo de hablar con jefatura de parque, y me han dicho que podemos llevar hasta 6 personas sentadas y otra más en la camilla. Según ellos, el dato exacto está en el documento de la ITV, puesto que el permiso de circulación se emite antes de la transformación en ambulancia y no se puede modificar, mientras que la ITV se pasa después de la transformación.
De todas formas yo no lo veo del todo claro, porque he estado mirando lagún foro de caravanas y a esos vehículos les restan plazas del permiso de circulación, que no asientos, cuando la TARA se acerca a la MMA, como lo que ocurre con nuestras ambulancias.
En cualquier caso, mandaré la duda a la DGT y si veo algún municipal ocioso por aquí cerca se lo preguntaré directamente.
21/10/2011 a las 9:54 #59634FranTorrejon wrote:Madre mia que follon tienen en el parque…. menos mal que ellos son los que «en teoria» deberian de tener las cosas claritas para resolvernos las dudas al personal de la calle que si no…. 😕 😕 😕21/10/2011 a las 9:55 #59635rojillo wrote:FranTorrejon wrote:El tema de las plazas es importantisimo que se revise, puesto que nos jugamos muchisimo, si pasa algo el seguro no se hace cargo, y es como ir circulando sin seguro, contemplado como delito en la ultima remodelacion de la Ley de Seguridad Vial. Yo de echo en las ambulancias que no son de este servicio ya lo he comprobado antes de conducirlas (CR y PC)Sabemos todos que las UVIs van por encima de su PMA, la gerencia lo sabe, la gente del parque lo sabe, la Guardia Civil lo sabe ¿y que ha ocurrido? NADA DE NADA ¿que medidas se han tomado para solucionarlo? NINGUNA.
Ahora venimos con el tema de las plazas de la UVI, que por otra parte desconozco si son 5 + camilla o 6 + camilla o 50, pero ¿que va a pasar con todo esto? NADA DE NADA.
Por desgracia para todos (trabajadores y usuarios), este servicio es así y no hay solución posible a sus males. 😥 😥 😥 😥21/10/2011 a las 9:56 #59636emilio wrote:FranTorrejon wrote:Madre mia que follon tienen en el parque…. menos mal que ellos son los que «en teoria» deberian de tener las cosas claritas para resolvernos las dudas al personal de la calle que si no…. 😕 😕 😕
En la jefatura de parque lo tienen muy claro, o al menos así me lo han contado; el que no se queda satisfecho con la primera respuesta que recibe soy yo (y creo que otros compañeros)…rojillo wrote:Sabemos todos que las UVIs van por encima de su PMA, la gerencia lo sabe, la gente del parque lo sabe, la Guardia Civil lo sabe ¿y que ha ocurrido? NADA DE NADA ¿que medidas se han tomado para solucionarlo? NINGUNA.
Ahora venimos con el tema de las plazas de la UVI, que por otra parte desconozco si son 5 + camilla o 6 + camilla o 50, pero ¿que va a pasar con todo esto? NADA DE NADA.
Por desgracia para todos (trabajadores y usuarios), este servicio es así y no hay solución posible a sus males. 😥 😥 😥 😥
Desde luego, si nos escudamos en que el servicio es malvado en sí mismo y que por lo tanto no podemos hacer nada por mejorarlo es cuando realmente no conseguiremos nada. Yo he tomado mis decisiones personales al respecto, y estoy dispuesto a apoyar las acciones conjuntas que vea coherentes.21/10/2011 a las 9:57 #59637campe wrote:emilio wrote:Pongo aquí lo que pone en cada uno de los documentos para tenerlo claro:
Tarjeta de Inspección Técnica (Ministerio de Industria):
Nº de asientos: 5+1 CAMILLA+1 TRANSPONTÍN.Permiso de circulación (Ministerio del Interior, Jefatura de Tráfico de Madrid):
Número de plazas: 005Acabo de hablar con jefatura de parque, y me han dicho que podemos llevar hasta 6 personas sentadas y otra más en la camilla. Según ellos, el dato exacto está en el documento de la ITV, puesto que el permiso de circulación se emite antes de la transformación en ambulancia y no se puede modificar, mientras que la ITV se pasa después de la transformación.
De todas formas yo no lo veo del todo claro, porque he estado mirando lagún foro de caravanas y a esos vehículos les restan plazas del permiso de circulación, que no asientos, cuando la TARA se acerca a la MMA, como lo que ocurre con nuestras ambulancias.
Hola Emilio:
El permiso de circulacion en teoria solo sirve para identificar el titular del Vehiculo o a la empresa o administracion que hace uso del mismo sin tener que llevar otro documento y me explico.
Las UVIS estan en renting y por tanto se puede matricular de 2 maneras.
A) Permiso de circulacion a favor de la empresa que hace el contrato de arrendamiento con la CAM en cuyo caso debeis llevar en la UVI fotocopia compulsada del mismo.
B) Permiso de circulacion a favor de la CAM Servicio de Urgencias Medicas de MAdrid y no debes otro documento que demuestre la titularidad del vehiculo.Que recoge el Permiso de Circulacion entre otras cosas el numero de Asientos que han pasado la homologacion del ministerio de industria » asiento anclada al suelo, con sistema de fijacion al mismo» es decir las plazas reales de la UVI y este dato se obtiene siempre de la Ficha tecnica que se homologa en la ITV y aqui es donde se especifica que tu vehiculo consta de 5 asientos + 1 camilla.
Con la ITV pasada y la homologacion del vehiculo es cuando se puede matricular es decir se matricula despues de transformar nunca antes de transformar salvo que alguien ya sepa que ha ganado los concursos de adjudicacion del servicio, un poco sospechoso.La cuestion del seguro es un poco mas complicada y el unico consejo que os puedo dar a todos y hablo desde la experiencia de haber tenido 2 accidentes en menos de 6 meses con SVB, es que exigais a Jefatura del Parque copia compulsada de la Poliza del vehiculo donde debe de exponer el numero maximo de asegurados, que suele ser el Numero de ocupantes del vehiculo es decir 5 asientos + 1 enfermo en la camilla, lo que ocurre que los seguros no interpretan que 1 asientos = 1 Asegurado sobre por los menores que ocupan media plaza.
1 conductor UME = 1 Asegurado
1 Medico = 1 Asegurado
1 DUE = 1 Asegurado
1 Tecnico= 1 Asegurado
1 Camilla = 1 Asegurado
1 Alumno = 1 Asegurado
Por tanto si ese dia teneis que evacuar a un menor con su madre alguien debe quedarse en el lugar o pedir otro recurso o a la Policia ectUn saludo a todos en el foro
21/10/2011 a las 9:57 #59638FranTorrejon wrote:Si es la UME la que traslada, no hace falta llevar acompañante aunque el paciente sea menor o disminuido porque el medico tiene responsabilidad juridica para poder hacerse cargo de cualquier paciente, por lo que si hay que llevar a un menor, los padres, por dura que sea la situacion, en la furgoneta no vienen, y punto.21/10/2011 a las 9:58 #59639Aceituno62 wrote:FranTorrejon, yo de leyes lo justo, pero eso que das a entender que el medico tiene potestad para hacerse cargo de un menor pasando por encima de los padres, no lo tengo muy claro.
Como paciente si, todo lo que tu quieras, pero hasta el punto de excluir a los tutores legales, no se yo.
Otra cosa es que le digas a los padres «mire no pueden venir en la uvi, por seguridad, por espacio, por cuestiones de ITV, de seguro, etc», pero lo de asumir juridamente la potestad sobre un menor de edad……………..
Saludos21/10/2011 a las 9:59 #59640rojillo wrote:emilio wrote:Desde luego, si nos escudamos en que el servicio es malvado en sí mismo y que por lo tanto no podemos hacer nada por mejorarlo es cuando realmente no conseguiremos nada. Yo he tomado mis decisiones personales al respecto, y estoy dispuesto a apoyar las acciones conjuntas que vea coherentes.¿Me puedes explicar que se ha conseguido hasta ahora en todas las irrgularidades de las UVIs? ¿Cuales se han solucionado?
Sobre las decisiones personales ¿cuales son? ¿pasar por registro un escrito con todas las deficiencias de la UVI?
Sigo pensando que no hay solución posible y con las UVIs nuevas nos la meterán doblada (espero equivocarme).21/10/2011 a las 9:59 #59641Gus wrote:Estoy deacuerdo con rojillo, sobre todo en lo de las nuevas uvis, es una lastima pero esta empresa es asi. AQUI NUNCA PASA NADA.21/10/2011 a las 10:00 #59642FranTorrejon wrote:Igual no me he explicado bien, el medico tiene responsabilidad juridica como para hacerse cargo de un paciente seal cuales sean sus caracteristicas (edad, deficiencias, etc etc) por lo que si el conductor dice que en la uvi no van los padres, porque el seguro no les cubre, se pongan los padres como se pongan, no van, porque o va el niño solo, o no va nadie al hospital. Y nadie en su sano juicio se jugaria a que no lleven al niño al hospital por ser un tocapelotas21/10/2011 a las 10:01 #59643quetecuen wrote:Pues en este tema en concreto no estoy de acuerdo ni contigo Gus ni con rojillo, y me explico:Sobre el tema del peso, ninguna responsabilidad tengo ya que no puedo coger el vehículo a pulso a la entrada de la guardia y verificar el peso, me tengo que creer lo que pone en el papel , y si no , esta responsabilidad recaerá sobre la empresa hablo siempre del vehículo parado en base, el problema que tenemos parece ser por los compañeros que han pesado el vehículo es que la TARA (Peso del vehículo, con su equipo fijo autorizado, sin personal de servicio, pasajeros ni carga, y con su dotación completa de agua, combustible ) ya de por sí sobrepasa al PMA (peso máximo del vehículo incluido sus pasajeros y su carga) y al ser este un servicio de emergencia nunca te pesaran con la carga extra además del paciente.
Sobre el número máximo de ocupantes sí pinto yo bastante más , por que yo digo si » SÍ » o si » NO «.
Sobre el tema de los niños os lo busco, ya tenemos algo escrito , y la ley del menor en el ámbito de la emergencia varía un pelín dependiendo de la gravedad del asunto, Frantorrejón creo que tenía razón pero no lo explicó bien a mi entender, os busco el enlace y seguimos con este tema en su sitio ya que supongo será bonita su discusión, ok??? 😉
21/10/2011 a las 10:02 #59644devilnurse wrote:Hasta donde yo se el alumno( como fue mi caso) va asegurado ya que no se permite ahcer cambios de UVI-VIR entre alumnos una vez este asignado la UVI-VIR - AutorEntradas
- Debes estar registrado para responder a este debate.