Respuestas de foro creadas
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Si, ha sido mia. :borracho: :cuba: :ebrio:
Creo que no hay ningún problema con tu escrito. Creo que deberÃas hablar con el gerente y comentarselo pues no veo lógico que se haga con unos y con otros no.
Por suerte hay grandes compañeros que siempre te van a apoyar.
¿La limitación de la moto o de Jlp? 😈 😈
quetecuen wrote:[marq=right]NO :deesonada: NO :deesonada: NO :deesonada: NO :deesonada: NO :deesonada: NO :deesonada: [/marq]Una cena de empresa es una cena de empresa, 😆 .
EmPRESA: no es, es presa, ni de presa. 😆 😆 😆
Se comenta que esta resolución es ilegal y que el colegio de médicos está estudiando recurrirla. ¿los sindicatos la han estudiado y piensan hacer algo? ¿No deberÃan los sindicatos reunir al gerente, al director general de rrhh y al personal del SUMMA para explicar esta resolución? Creo que ya está bien de rumores de yo creo, yo he oido, etc. y que nadie sepa como se van a hacer las cosas 😡 😡 😡
Bueno, tras leer toda la resolución creo que hay dos parrafos que nos interesan:
Punto 2º Apartado c
Incorporación del personal que ya desempeña plaza en el centro
Cuando se incorpore al Centro con plaza en propiedad, personal que ya se encontrase en el mismo con carácter temporal (interino, comisión de servicio o reingreso provisional o promoción interna temporal), se mantendrá en el mismo puesto que venÃa desempeñando. Con independencia de que la plaza que ocupaba estuviese vinculada a otro proceso selectivo o no estuviese vinculada, y en consecuencia no se producirá ningún desplazamiento de personal temporal.
Punto 4º Párrafo 2º
En un plazo no superior a seis meses desde la fecha de esta Resolución, se efectuará la asignación al puesto de trabajo, con carácter definitivo, a través de un concurso de movilidad interna, en el que podrá participar, además, con carácter voluntario, el personal estatutario fijo anterior al proceso de consolidación. Debido al elevado número de profesionales afectados, por una sola vez y únicamente para este concurso, se utilizará como baremo, exclusivamente, el criterio de antigüedad reconocida.
En el primero (rojo) se dice que cada uno se incorpora en el lugar en el que está.
En el segundo (azul) no queda claro nada, se habla de movilidad interna, de caracter voluntario y de antigüedad reconocida pero habrÃa muchas preguntas.
¿todo el personal que ha participado en la OPE está obligado a entrar en la movilidad interna o solamente aquel que quiera cambiar de lugar?
La antigüedad reconocida ¿a que se refiere? Si hay movilidad interna ¿entrarán todas las plazas del SUMMA?
Según parece la asesoria jurÃdica del colegio de médicos está estudiando el caso.
Me imagino que habrá elegir un entrante, un segundo entre carne, pescado o carpaccio y un postre. ¿sabemos precio?
Bueno es saberlo.
Tamagochi, se que tienes problemas para poner mis fotos, ¿alguien sabe como reducir el tamaño de las fotos? Que nos lo diga. Gracias.
Esperemos a ver que pasa.
Simplemente controlando la velocidad se ahorra un monton en combustible y lo que es mas importante la emisión de contaminantes. Cuando no vayamos con prisa debemos controlar la velocidad.
Contad conmigo aunque no me iré muy tarde pues al dÃa siguiente tengo guardia. :cuba:
Bueno ya he podido leer la resolución y es de lo mas ambigua. Hoy hablando con el RUF de mi UVI dice que el lo entiende de la siguiente manera.
1. Cada uno se queda donde está tras la firma.
2. Si tienen plaza de las que salieron en la OPE se mueven los que quieran moverse, y los que tienen plazas de nueva creación eligen plaza según antigüedad.
Analizaré el documento a ver si lo entiendo pues no estoy ahora muy lucido pues acabo de salir de una mala guardia.
Pues hay que insistir y explicar que la ropa del trabajo puede estar contaminada y no se puede lavar en casa.
El otro dÃa trajeron 4 fundas de almohada solamente y dijeron que no tenian mas ¿como que no tienen? QUE LAS COMPREN.
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