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Jorgito, será (la mejor base ¿no?) de Daganzo. Bueno fuera de coñas no sé cuanto habrán cobrado otros pero el que suscribe, sólo ha cobrado 527,79 € brutos, que pòr lo visto es menos que lo que cobran los SUAP por Gerencia de Atención Primaria.
27/07/2006 a las 21:44 en respuesta a: Cobrar, sin ir a currar y sin estar de baja y VIR a 8 horas! #66875Esperemos que la politica no estropee con su clasica miopia la estructura de emergencias y urgencias en Madrid.
Desde luego como comenta Donan, Tamagochi y Antonpirulero, lo esencial es una visión global de las emergencias tanto intra como extrahospitalarias realizando una estudio por isocronas, población, edad y dispersión para disponer correctamente los ámbitos de actuación de las unidades tanto summa como samur como exsercam, cruz roja y protección civil, para evitar duplicidades y para incrementar en lo posible una sinergia entre las diferentes unidades.
No quiero ser demasiado crÃtico con los comentarios pero quizas de esa «reconversión», tendria que reducir un parque de dispositivos que parece algo sobredimensionado en la realidad actual, coexistiendo tantos servicios de atención urgente/emergente.
Ptah, Espero que tu mejora sea total y en cuanto puedas nos das noticias de tu recuperación. Descansa sobre todo!
YA SE LO HE DICHO por privado pero bueno, Felicidades????? 😆
Estimado lucho, dudo que sólo se mande un GEO a un accidente para valorar ,teniendo además un aumento de la dotación de ambulancias. Lo más eficiente serÃa mandar ambuas UADs si el vir y la UVI no estan operativos en el momento y mandar ambulancia «0»para allá. Si tampoco hay UAD médica disponible se mandará el GEO y ambulancia «0». Todo esto dependiendo de la información que en cada momento se disponga en el CCU, porque los testigos, a veces, son extrañamente gente que o nunca para en el accidente o te llaman para cubrirse las espaldas, cuando ya están un poco lejos del siniestro y además no se paran a yudar. De forma que las informaciones son tan dudosas que se toma el criterio de que por lo menos vaya un dispositivo a evaluar porque a veces es este el que nos da información privilegiada ya insitu, mandando después otrs dispositivos médicos o de traslado «0».
estimado axfaloth, el problema está es que si nos lo ponene en dietas, nuestra base reguladora para hacienda puede aumentar hasta el siguiente nivel de retenciones. Si el problema esta en dar las tarjetas a todo el mundo, que sigan dando cheques, de forma equitativa y justa, a los trabajadores temporales y a los que tienen contratos más largos de 3 meses, tarjetas.
13/07/2006 a las 7:55 en respuesta a: que no funciona en la sanidad de urgencias y emergencias #67453De acuerdo el tema queda donde está
13/07/2006 a las 3:38 en respuesta a: que no funciona en la sanidad de urgencias y emergencias #67450Pues lo movemos
Hola pma-112, si lo decÃa como quitamiedos porque ya sé que si alguién tiene intención de robar y es un chorizo profesional, eso no servirá de nada. Siento haber leido tu correo tarde porque acabo de salir del una guardia en le CCU y podÃa haberlo preguntado lo de las «tarjetas de comida» allÃ. Espero que alguien nos confirme el rumor.
Hola:
:alabar: No puedo estar más agradado por el nivel de discusión que tenemos con referencia bibliográficas en este momento. Juan mosca y Chema , sois de lo mejorcito de por aquÃ. Sin embargo no creo que anime mucho la disputa -entiendase con educación- por cuanto no hay una legiislación o normativa escrita de como debe ser la PASA, de como se debe trasladar o no al los enfermos psiquiátricos y de los lÃmites que el traslado forzoso tiene.
Estimado JuanMosca: el articulo que enlazas en tu comentario, 😕 te anticipo, que no se refiere a la legislación actual, además, cuanto la reforma del Codigo Civil, expone claramente que la comunicación al juez, por motivos de urgencia será diferida o realizada ya por el médico psiquiatra cuando ya haya hecho la valoración del cuadro y estime el ingreso involuntario.
Dado que el traslado forzos no es un rapto ni un secuestro (sino la valoración que harÃan las cuerpos de seguridad del estado serÃa otra e impedirÃan el traslado porque pone en riesgo los derechos constitucionales del individuo,la capacidad civil y su integridad con esta decisión), no se estima necesario que:
1.-Sean los técnicos de la PASA los salvaguardas de la información médica o personal del paciente, ni aportarán opiniones de la no indicación del transporte al personal sanitario in situ, puesto que la no comunicación al juez de guardia, es responsabilidad del médico que indica el traslado forzoso inherente al ingreso involuntario.
2.-Sean los técnicos de al PASA, personal meramente actuante en el traslado del paciente, los que determinen la necesidad de comunicación inmediata al juez de guardia.
Por tanto, espero que nos enlaces vuestros criterios de funcionamiento, para un mejor entendimiento de las partes, puesto que lo que has enlazado es un artÃculo de opinión de un abogado especializado en este tema, pero no vuestros protocolos de actuación.
Hola,
Pues se sugiere una solución casera: poner candados en todos los cajones y archivos o armarios con cosas personales o aportadas de forma personal, aparte de lo aparte de lo sugerido por Chema y Sole.
Hola,
Creo que no son puntos sino el porcentaje alcanzado de los objetivos acordados según que año, es decir si leeis el cuaderno en las primeras páginas en las siguientes columnas del objetivo «x», aparece un porcentaje mÃnimo o lÃmite que hay que alcanzar osuperar para completarlo. Por ejemplo si el tiempo de activación es menor de 10 min. en +/- el 70 % de los avisos que habeis tenido y la meta es del 80% te dan un resultado de cumplimiento de 87.5 % del objetivo ¿NO?.
A ver si se pone a escribir algun RUFO* y nos lo aclara , que pa eso están
*(nombre cariñoso por alegorÃa del nombre de mi primer perro, en realidad Responsable Unidad Funcional Operativa), auque parezca sacado de Mortadelo y Filemón.:lol:
:saludos:
[marq=right] Felicitaciones a tod@s por ser tan pacientes y sabios[/marq]
:saludos: :aplausos: :alabar:
Hola
Cuando puedamos te damos el acceso.
:saludos:
tambien sabemos algo que para empezar a exigir,supongo:
b) Descripción del objeto: Prestación de transporte sanitario terrestre urgente, urbano e interurbano, para el traslado
de pacientes a cargo del sistema sanitario de la Comunidad de Madrid.
c) BoletÃn o Diario Oficial y fecha de publicación del anuncio de licitación: BOLETÃN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 31, de 6 de febrero de 2006.
3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Abierto.
c) Forma: Concurso.
4. Presupuesto base de licitación: Importe total, 55.410.090,40 euros. =que ya esta bien, digo yo.
5. Adjudicación:
a) Fecha: 10 de mayo de 2006.
b) Contratista: «Isolux Corsán Servicios, Sociedad Anónima».
c) Nacionalidad: Española.
d) Importe de adjudicación: 54.578.726,20 euros.
En Madrid, a 27 de abril de 2006.—El Director-Gerente del SUMMA 112, Pedro MartÃnez Tenorio.
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