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No hay ofensa, Gus, cuando se expresan opiniones de forma sensata.
Veamos, ¿dónde están estipuladas esas obligaciones que algunos os habéis buscado? ¿Dónde la categorÃa TEM?
Repasando la normativa, y lo acordado por la Administración y los representantes legales de los trabajadores, se pide para el TEM unos conocimientos, el BTP y la renovación cada 3 años. No he visto nada más.
El que algunos hayan adoptado ciertas funciones por su cuenta me parece bien, allá cada cual; que se quiera que todos lo hagan sin negociación, sin acuerdo y sin contrapartidas entre los que están autorizados legalmente a ello, me parece un tanto extralimitado.
La baja. Presumo que aún no sabes lo que la Administración hace cuando llevas 18 meses de baja; a ello me referÃa con anterioridad. Pregunta a algún compañero tuyo de UVI (Fuenlabrada para más señas) que, incluso llevando casi 3 lustros en UVI móvil, no se le admitió como TEM (no se podÃa sacar el BTP por problema ocular) y se le jubiló forzosamente por una lesión en la pierna producida en el desempeño de su labor. Parece que esta situación no importó demasiado a sus compañeros (y me refiero a todos, no sólo a su UVI), ni sanitarios ni no sanitarios… Prefiero dejarlo aquÃ.
En el caso en cuestión parece que el conductor TEM de la UAD no cargó a los compañeros de UVI con su trabajo… ¿Tal vez era al contrario?
El ejemplo de la descarga de camiones me descoloca. ¿Has descargado camiones en el SUMMA? Creo que no es la comparación adecuada…
:saludos: