Inicio Foro de Summarios Los trapos sucios se lavan en casa PARALIZADOS ACOPLAMIENTOS POR ORDEN JUDICIAL Respuesta a: PARALIZADOS ACOPLAMIENTOS POR ORDEN JUDICIAL

#75425
Ptah

    La Sentencia falla sobre el contencioso interpuesto por los médicos, por tanto sólo nombra a médicos. Evidentemente, al declarar el punto 4.2 como nulo de pleno derecho, afecta a todo el proceso y a todas las categorías; ¿o es nulo para unos y no para otros? Elemental.

    No menciona plazos porque nadie los ha pedido. Si no hay recurso debe realizarse el acoplamiento de los aprobados de la OPE 2001 lo antes posible y conforme a lo dispuesto en la sentencia. Un posible recurso de la Administración es probable (está en su derecho) siempre que se haga en tiempo y forma.

    Ya sabemos que el lenguaje judicial es complicado y farragoso pero, dado que somos EEPP, debemos acostumbrarnos a él. También es complicado y farragoso el lenguaje médico… ¿O no?

    😐

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