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juan

    pma-112, no solo tiene compensación el que esté de guardia, sino el que sale a las 8:30h del día 28, según nota del summa que nos llegó ayer: » la compensación del tiempo dedicado a ejercitar el derecho al voto…se realizará mediante pago en nómina previa presentación del justificante de haber ejercido el derecho al voto expedido por la Mesa Electoral.

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