Inicio › Foro de Summarios › General › sindicatos › Respuesta a: sindicatos
22/02/2007 a las 20:12
#68221
pma-112, no solo tiene compensación el que esté de guardia, sino el que sale a las 8:30h del dÃa 28, según nota del summa que nos llegó ayer: » la compensación del tiempo dedicado a ejercitar el derecho al voto…se realizará mediante pago en nómina previa presentación del justificante de haber ejercido el derecho al voto expedido por la Mesa Electoral.
