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25/02/2007 a las 16:06
#69845
Por orden de antigüedad de contrato interino; en caso de empate, se tienen en cuenta los servicios prestados. Si tu interinaje es anterior a los nuevos contratos interinos, que parece que lo es, ¿dónde está el problema, Baxter?
Ya lo ha dicho chema, 1º los fijos que opten a acoplamiento, luego los suplentes; siempre por orden de antigüedad, sea de nombramiento o de contrato.
No entiendo las susceptibilidades…
❓
