Inicio Foro de Summarios No solo Summa Denuncian el despido de 140 conductores de ambulancias cuando las nuevas adjudic Respuesta a: Denuncian el despido de 140 conductores de ambulancias cuando las nuevas adjudic

#57436
blanquito
Participante

    Con lo que yo me quedo que se han agarrado como las… Santa Sofia para no subrogar era por el articulo 9, punto i) tercer punto y en el último punto. La interpretación es clara, si les debe dinero la empresa cesante, es esta quien tiene la obligacion de pagarles y de estar al corriente en la SS, pero la adjudicataria, bien claro dice, que le abonará vacaciones y pagas prorrateadas conforme el tiempo que lleve ese año de la subrogación.

    Una aclaración Chiquitin. El Convenio hay que leerlo siempre con el ET delante. Quede claro una casa. El Convenio jamas puede contradecir ni puede retirar derechos reconocidos en el Estatuto.

    En el punto que expones, habla de la documentación que debe aportar una empresa a otra. Pero en ningún momento el artículo pone en ninguno de sus apartados (he vuelto a repasarlo otra vez por si acaso), que la empresa adjudicataria puede negarse a subrogar a los trabajadores.

    Es más, ya expuse en el anterior el extracto del artículo del ET sobre la cesión de empresa y quien y durante cuanto tiempo se respondería de las deudas pasadas.

    Sobre el tema del Comité de Empresa. Claro puede pedir la certificación, y demás documentación. Que puede pedir explicaciones sobre la gestión. Pero no podemos perder la perspectiva que el Comité son representantes de los trabajadores, no los gestores de la empresa, por lo que si los dueños de estos no realizan una buena gestión de esta, el Comité no es responsable de la situación económica.

    Saludos

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