Inicio › Foro de Summarios › Ambulancias › Nuevo Concurso de empresa de ambulancias adjudicataria de los servicios para Summa 112 2010 › Respuesta a: Nuevo Concurso de empresa de ambulancias adjudicataria de los servicios para Summa 112 2010
En el Summa te pueden pedir hablar chino.
Lo que al final cuenta es el contrato que firmas con una categoría concreta, y es por lo que finalmente responderás, por tu contrato, y en el Summa es celador o conductor.
Insisto nuevamente. ¿Qué funciones detalla esta orden? NINGUNA.
En cambio, según encuentro, si están las funciones del celador de ambulancia (la norma es del año 71 y puede que este antigua), y que dice:
«Celador de Ambulancia: En el Servicio de Urgencias y en las Ambulancias, debe ir un celador, cuya misión será el bajar en camilla o silla a los enfermos desde el piso a la ambulancia. Durante el transporte debe ir junto al enfermo en el asiento que existe en toda ambulancia y avisar al personal Técnico Titulado de cualquier anomalía que observe en el paciente»
Por eso es por lo que se firma, Fran, esas son las funciones.
Insisto en Octubre del 2003, el acuerdo indica que esas funciones son obsoletas, se amplia las funciones (apoyo al personal sanitario) y se remunera.
Eso, se lo cuentas al señor de negro, junto con las famosas sentencias que tanto nos pone nuestro querido enfermero, y oye, a ver que pasa. Por mi, ojala que ese técnico que estuviera delante del juez le condenen (no quiero el mal a nadie, ojo), porque entonces se reconocerían las funciones del técnico en todas las instituciones. OJALA.
Incorrecto. Anteriormente a la ejecución de la huelga, se debe establecer los servicios mínimos y avisar a quienes deban cubrirlos. Lo que quiere decir que en el mismo día no te pueden llamar, sería ilegal.
La fama es que los servicios serían del 100%. ¿Qué ley dice eso? Ninguna.
El personal de las instituciones sanitarias no tienen del derecho a la huelga limitada. Es más, un servicio mínimo del 100% sería violar un derecho constitucional que tienen todos los trabajadores, ya que anularía dicho derecho.
Estaría en mano de los sindicatos el demandar ese hecho que sería calificado como inconstitucional, ya que viola un derecho fundamental.
De todas maneras, las cosas son más fáciles.
Se coge un día de la semana (fíjate solo uno) y todos los técnicos se ponen de acuerdo y cumple sus funciones con lo que indica su contrato. El que solo es conductor, a leer el marca abajo, y el celador esperando con la camilla. PUNTO.
¿Y entonces te importo tres cojones el paciente? Y no me digas que no es lo mismo, porque lo es. Fastidiasteis a mucha gente en esos días, pero conseguisteis mejoras que al final a la larga han beneficiado a ese paciente.
Fran, que os encanta poner excusas y sigo diciendo lo mismo, y parece mentira que luego se os llene la boca con defender las funciones del técnico.
Insisto………MUCHO LADRAR Y MUCHO QUIERE SOLUCIONAR Y A LA HORA DE LA VERDAD ¡¡NADA!!
