Inicio Foro de Summarios No solo Summa Sobre Normativas y Uso apreopiado de las Ambulancias

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  • #50139
    zonacero112
    Participante

      Hola, buscado información sobre la ambulancia psiquiátrica; no he encontrado ningun RD o norma que establezca los requisitos minimos de material y constitución sobre como deba ser y que deba llevar una ambulancia adaptada para el transporte psiquiatrico.

      ¿Sabeiss si existe algun tipo de normativa al respecto en Madrid o alguna otra comunidad?

      Luego una segunda pregunta es sobre la utilización que hacen muchos servicios publicos y privados, de ambulancias de traslado individual no asistencial y ambulancias de traslado colectivo de pacientes para cubrir servicios de urgencia sin material asistencial;

      ¿Hay alguna norma especifica que prohiba a estos vehiculos realizar servicios o traslados de urgencia?

      ¿Hay alguna norma que especifique que solo deben ser las ambulancias Asistenciales SVB o SVA?

      He hablado a veces con un Centro Coordinador de Urgencias sobre esto y lo único que me comentan es que el medico jefe de guardia suele matizar si la urgencia es necesariamente asistencial o simplemente un traslado urgente.

      Lo unico que los señores de verde con tricornio no suelen pensar igual y son de la opinión que si no es SVB, SVA o SVPs no pueden hacer servicios de urgencia

      #55485
      Chiquitin
      Participante

        Pues a ver si te vale zonacero…

        Como norma general en las caracteristicas tecnico-sanitarias de las ambulancias en España es el RD 619/98.
        A nivel de la CAM es el RD 128/96 de caracteristicas tecnico-sanitarias de las ambulancias en Madrid.
        Respecto sobre el buen uso de las ambulancias y la cartera de servicios de transporte sanitario es el RD 1030/2006 (sobre cuando usar las ambulancias, quien las otorga, etc)

        Respecto a las ambulancias psiquiatricas, solo te habla que el tipo de ambulancia asistencial de SVB, será la apropiada para uso de ambulancia psiquiatrica (con las caracteristicas tecnico-sanitarias que lleva la ambulancia SVB), ni mas ni menos y hasta ahi se lee sobre el asunto de este tipo de ambulancias… Digamos que no está regulado que tipo de acolchado debe llevar, que tipo de sistema de retenciones, etc. Estan en un limbo como lo puede estar un VIR, donde no está regulado en los decretos de caracteristicas tecnico-sanitarias que debe llevar, la antiguedad, dotación, etc, si bien, se ha escrito algo sobre lo que deberia llevar una ambulancia psiquiatrica pero no como normativa sino como recomendaciones.

        Saludos,

        #55486
        xuskiyo
        Participante

          Cualquier ambulancia en un momento dado puede realizar urgencias, de ahi que sea una ambulancia y no un taxi, y llevan un equipo minimo para intervenir, al igual que sus luces y sirenas, en un momento dado, pero no confudamos con un servicio habitual de urgencias. Ademas si tu vas en programados (Azul) y tu paciente se desestabiliza o se choca comunicas a tu central e iras al hospital mas cerca en urgencias.

          #55487
          zonacero112
          Participante

            Cualquier ambulancia en un momento dado puede realizar urgencias, de ahi que sea una ambulancia y no un taxi, y llevan un equipo minimo para intervenir, al igual que sus luces y sirenas, en un momento dado, pero no confudamos con un servicio habitual de urgencias. Ademas si tu vas en programados (Azul) y tu paciente se desestabiliza o se choca comunicas a tu central e iras al hospital mas cerca en urgencias.

            Hola.ante la ley no se diferencian las ambulancias por azules, rojas amarillas o demas; sino por ambulancias de traslado individual (No aptas para el uso de urgencias al no ser asistenciales) SVB, SVA y Colectivas.
            El problema viene cuando las administraciones para ahorrarse los costos  como pasa en Madrid y en otras utilizan estas ambulancias de manera habitual para cubrir sus demandas de urgencias y asi ahorrarse los costos de equipamiento, dando un minimo de material obligatorio a esos vehiculos.
            Lo que realmente quiero saber, es si existe alguna norma que regule cual si y cual no es apta para hacer urgencias indiferentemente del servicio para el que esten contratadas por la administración.

            #55488
            FranTorrejon
            Participante

              Zonacero, ya te ha contestado chiquitin a tu pregunta. La normativa solo indica el tipo de traslado por la calidad asistencial, no por la urgencia del mismo. Puede ser una ambulancia de traslado, de traslado colectiva, o de soporte vital (basico o avanzado). Luego ya que el traslado sea urgente o no es indiferente, ya que ambos vehiculos van equipados con material de soporte vital basico (RCP-B instrumental y algunas otras cosas muy basicas) y con señales acusticas y luminosas adecuadas segun la normativa de la DGT y tal y como exige el RD que te ha puesto el compañero. Y en ese tema no se mete para nada en la rotulacion exterior a la hora de diferenciar una de otra.

                Si la pregunta es por el interes para tu idea de montar una empresa, ciñete a lo que ponga la ley conforme a rotulacion, material, medidas y demas. Si es por interes de pedir mas material a alguna empresa para la que trabajes… todo el que te quieran dar de mas sera por favorecer ellos el trato al paciente, pero nada mas.

              #55489

              Me asalta una duda creo que más………………….a tener en cuenta, donde está la función específica del personal que va en ella???

              Por que el personal que va en ella sigue siendo conductor y camillero.

              Y la ITS es la que marca que vehículo tienes, puedes tener un traslado individual de pacientes no urgentes, pero eso no quiere decir que trasladando un paciente de diálisis a este no se le abra la fístula y tengas que activarte puntualmente.

              Hace años si era extendido el uso de prioritarios por muchas empresas para trasladar consultas y esas cosas pero hoy en dia ese mal uso parece casi erradicado, digo casi por que aún hay alguno que hace salidas de hospital a domicilio con prioritarios,  el otro día cedí el paso a una (de las rojas) cerca de un hospital iba solo con rotativos pensé que buen profesional cuidando al paciente del stress acústico y encima por estar cerca del hospital, pues bien cuando entró se fué al parking cogió al camillero que estaba allí esperándole y se quedaron parados.

              Si te denuncian es un coñazo por que te tocará moverte a tí para solucionarte el tema pero si llevabas una urgencia de verdad…………no tendrás problema.

              #55490
              zonacero112
              Participante

                Por ejemplo ahora las ambulancias e generales llevan una ambulancia especial para traslado de grandes
                obesos  (hasta 600 Kg, teneis que verla; pedazo de cacho de camión) y otra especialmente adaptada para el traslado pediatrico.
                realmente ante la ley son ambulancias de traslado individual puesto que no existe referencia lo unico que estan adaptadas a lñas exigencias de un cliente que en este caso es el SUMMA.
                La de Grandes obesos sobre todo esta tambien destinada a aquellas urgencias, altas, traslados dialisis y y cualquier cosa que implique movilizar a un paciente de grandes dimensiones.
                Cosa que se les ocurrió despues de publicar el concurso de urgencias puesto que a ellos no se lo han pedido.

                #55491
                Javier Fuentes
                Superadministrador

                  Hola

                  Lo que comenta Quetecuen va a irse acabando progresivamente. De hecho si os habéis fijado la mayoría de las azules ya no llevan ni prioritarios ni sirena. Y es que si la empresa compra una ambulancia para programados y puede comprarla sin puente y sin sirena (lo que implica menos coste) lo hará.

                  Salu2

                  #55492
                  zonacero112
                  Participante

                    Hola

                    Lo que comenta Quetecuen va a irse acabando progresivamente. De hecho si os habéis fijado la mayoría de las azules ya no llevan ni prioritarios ni sirena. Y es que si la empresa compra una ambulancia para programados y puede comprarla sin puente y sin sirena (lo que implica menos coste) lo hará.

                    Fijate bien que si llevan; esas eran las antiguas de santa sofia que por espacio en su nave puso rotativos de led ultrapequeñitos, pero el resto lleva rotativos.
                    Las de rayas azules son ambulancias de traslado individual exactamente igual que las de Safe o Isolux antiguamente.
                    Perdonar que lo repita, pero esq no me quiero referir al tema de si una ambulancia es de programados o urgencias, sino mas bien si existe alguna normativa que especifique que las colectivas o individuales no puedan hacer urgencias. (esten contratadas para lo que esten)

                    Salu2

                    #55493
                    FranTorrejon
                    Participante

                      Hola

                      Lo que comenta Quetecuen va a irse acabando progresivamente. De hecho si os habéis fijado la mayoría de las azules ya no llevan ni prioritarios ni sirena. Y es que si la empresa compra una ambulancia para programados y puede comprarla sin puente y sin sirena (lo que implica menos coste) lo hará.

                      Salu2

                        No llevan puente, pero llevan lanza destellos en la parte superior del vehiculo. Una ambulancia no puede llevar el permiso de circulacion como furgon ambulancia si no cumple determinados requisitos, y entre ellos ha de constar en la tarjeta de ITV (que por cierto han cambiado el modelo, por si alguno la ve que no se asuste y se piense que le han engañado) la instalacion de señalizacion prioritaria luminosa y acustica. Y evidentemente sin ese permiso de circulacion como furgon ambulancia, no puede pasar ITS, ergo, no puede llevar pacientes 

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