Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Carga de trabajo #58496
    Javier Fuentes
    Superadministrador
      jlp wrote:
      Lo de las guardias o jornadas es una chorrada……la otra pregunta ya tiene mas miga….
      en respuesta a: Carga de trabajo #58495
      Javier Fuentes
      Superadministrador
        blancanieves35 wrote:
        Para Fran Torrejón, dado que en el SUMMA no se realizan guardias y si nos remitimos a BOCM 5 febrero de 2009 en referencia a retribuciones del personal sanitario: las guardias de facultativo de SUMMA Y SAR se remunerarán los dias 24,25, 31 , 1 y 6 con 1104 euros y con un asteristico puntualiza que es incompatible con el cobro de nocturnidad y festividad en esos días.
        Entonces sólo existen dos posibilidades: o en el SUMMA se realizan guardias o el BOCM es un error .  O la tercera posibilidad dónde está el dinero presupuestado?
        en respuesta a: Carga de trabajo #58494
        Javier Fuentes
        Superadministrador
          marchante wrote:
          hombre, con el otro algo podrás hacer, no…?  jeje :saludos:
          en respuesta a: Carga de trabajo #58493
          Javier Fuentes
          Superadministrador
            FranTorrejon wrote:
            Mas me jode estar parao en casa sin poder hacer nada…. pero gracias  😉
            en respuesta a: Carga de trabajo #58492
            Javier Fuentes
            Superadministrador
              RIBADA wrote:
              siento lo de tu brazo
              en respuesta a: Carga de trabajo #58491
              Javier Fuentes
              Superadministrador
                FranTorrejon wrote:
                No me sulfuro tranquilo, es que me escojone el brazo el 30 por la noche y la escayola molesta mucho y me encabrona un poco jeje. :saludos:
                en respuesta a: Carga de trabajo #58490
                Javier Fuentes
                Superadministrador
                  RIBADA wrote:
                  jlp wrote:
                  Son jornada laboral, y en el vir son 120 también.
                  Creo que en PIUE viene algo descrito.

                  Pues a leer el PIUE.
                  Te voy a ahorrar tiempo, hoja sexta, parrafo 5

                  en respuesta a: Carga de trabajo #58489
                  Javier Fuentes
                  Superadministrador
                    jlp wrote:
                    Son jornada laboral, y en el vir son 120 también.
                    Creo que en PIUE viene algo descrito.
                    en respuesta a: Carga de trabajo #58488
                    Javier Fuentes
                    Superadministrador
                      RIBADA wrote:
                      ¡Pero hombre! ¡No te sulfures!. Si no he mencinado en ningun momento la moralidad o la inmoralidad, ni la justicia o injusticia, ni si es de mucha o poca verguenza, pagar algo extra por trabajar esos dias.
                      Me he limitado a decir, y cito textualmente: «Mi «Jornada anual» está establecida en «ciento veinte GUARDIAS de 12 horas».
                      ¿Has pensado en que a lo mejor eso sí hay un texto que pone eso?.
                      en respuesta a: Carga de trabajo #58487
                      Javier Fuentes
                      Superadministrador
                        FranTorrejon wrote:
                        Que lo puedes llamar como te de la gana, pero esas guardias, jornadas, porciones de tiempo de duracion determinada, o como quieras, es tu turno normal de trabajo,es tu jornada laboral, y es por lo que te pagan, por ir esos dias, no otros. Entonces, pedir que nos paguen mas porque si por ir a trabajar a tu trabajo, aparte de inmoral, de tener muy poca verguenza.
                          Si no queremos trabajar en los dias clave (navidad, nochebuena, etc) pues a primaria, a especializada, o a otro sector que no sea un servicio de urgencias (aun no he visto albañiles currando los dias festivos) pero no se puede tener, o querer tener, la libranza que tenemos en estos servicios, y encima el resto de ventajas del resto de trabajadores…

                          Lo que te pongan en los mensajes al movil, aparte de valided nula para poder pedir nada, si son guardias extras, porque estan fuera de TU jornada de trabajo (no de la del que falta)

                        en respuesta a: Carga de trabajo #58486
                        Javier Fuentes
                        Superadministrador
                          RIBADA wrote:
                          ¿Osea, que no hay ningun texto donde diga que que lo que tu llamas «jornadas» no son guardias?
                          Te voy a hacer la pregunta de otra manera, ¿hay algun texto donde diga que en SUAP hay que trabajar al año 120 «jornadas» o en UVI 60 «jornadas»?
                          Y otra pregunta, ¿recibes en tu telefono, cuando alguien de tu estamento falta a su puesto de trabajo, algún mensaje pidiendo alguien para cubrir «la jornada» de tal a cual hora?
                          en respuesta a: Carga de trabajo #58485
                          Javier Fuentes
                          Superadministrador
                            FranTorrejon wrote:
                            Ribada, ni tu ni yo ni nadie tiene ese texto. Si me equivoco que me corrijan, pero pasa una cosa, que todos los trabajos se desarrollan en JORNADAS, y en tu caso, se distribuyen en TURNOS de 12 horas, con un cuadrante determinado. Pero no son guardias extras aparte de tu jornada laboral… (igual buscando en algun estatuto marco podria venir algo)
                            en respuesta a: Carga de trabajo #58484
                            Javier Fuentes
                            Superadministrador
                              RIBADA wrote:
                              FranTorrejon wrote:

                              ciento veinte GUARDIAS de 12 horas

                              No, en 120 JORNADAS de 12 horas. Como guardias se podrian considerar extras impuestas por el servicio

                              ¿Tienes el texto donde pone eso?

                              en respuesta a: Carga de trabajo #58483
                              Javier Fuentes
                              Superadministrador
                                FranTorrejon wrote:

                                ciento veinte GUARDIAS de 12 horas

                                No, en 120 JORNADAS de 12 horas. Como guardias se podrian considerar extras impuestas por el servicio

                                en respuesta a: Carga de trabajo #58482
                                Javier Fuentes
                                Superadministrador
                                  RIBADA wrote:
                                  ramos wrote:
                                  BOCAM 5 DE FEBRERO DE 2009  PÁGINA 21

                                  Aquí nos guste o no no hacemos guardias.

                                  Mi «Jornada anual» está establecida en «ciento veinte GUARDIAS de 12 horas»

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