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- 21/10/2011 a las 11:19 en respuesta a: Funciones de enfermeria administar medicacion, y via sbc #59717eliminado-31 wrote:A eso me refería precisamente pepe, a la prudencia por nuestra parte, afortunadamente siempre tenemos a nuestra disposición el centro coordinador, y de momento no cre que haya habido problemas en el sentido de extralimitarnos.
Por otro lado fijaros que incongruente a priori, resulta que los bomberos si puedan inmovilizar a un paciente y sacarlo, y sin embargo los técnicos se supone que no podemos.21/10/2011 a las 11:18 en respuesta a: Funciones de enfermeria administar medicacion, y via sbc #59716Pepesumma wrote:Buenas a todos, perdonad mi escritura pero estoy de baja por una fractura de escafoides y solo puedo escribir con una mano. Todo el tema Debiera entenderse de la siguiente forma: si un auxiliar de enfermería o un técnico realiza aun con la mejor intención-evidentemente- una acción fuera de sus competencias, salvo que fuese necesaria para evitar la muerte del paciente (hipoglucemia)o la aparición de graves secuelas (retirada de accidentados en caso de peligro de incendio o explosión) por poner un par de ejemplos, y salvo la que fuese por orden escrita o verbal de un facultativo, se expone al riesgo de ser denunciado.Se trataría de evocar el principio de El Buen Samaritano. Pero compañeros prefiero solicitar de vosotros prudencia en la ejecución de determinadas tareas hasta que no se encuentre reflejadas en un ordenamiento que os clarifique vuestras competencias y os dé respaldo jurídico.
21/10/2011 a las 11:18 en respuesta a: Funciones de enfermeria administar medicacion, y via sbc #59715eliminado-31 wrote:Siguiendo con el post, creo que de todos modos todos los avisos tienen un contexto distinto uno de otros, sin mencionar lógicamente, que no es lo mismo un tem de una ume a un tem de una básica.En mi servicio nunca hemos tenido nungun problema en cuanto a toma de constantes y demás competencias, entre otras cosas por que si creo necesario por ejemplo tomar una tensión antes pregunto al centro coordinador, que nos suele pedir que valoremos.
Cierto es que los que curramos en básica estamos digamos un poco en pelotas en cuanto a estas evaluaciones al paciente, pero hay que ser coherentes y el summa en ese aspecto lo es y mucho.
El que a mi me diga josito que no puedo tomar una tensión me parece estupendo, pero yo hago caso al medico coordinador, no a josito, y creo que ninguno de vosotros a tenido ningun problema en cuanto a tomar una tensión.
El caso de inmovilizar a un paciente, es el mismo caso, eso no es una cuestión de los técnicos, sin embargo lo hacemos a diario, y aunque llegara el caso de una denuncia yo desde luego prefiero decirle al juez que hice una maniobra de un due a que me digan que por no hacerla un tio a perdido no se cuanta sangre en una pelvis o en un femur.
Por cierto para muestra un botón, este fin de semana tuvimos una posible fráctura de cubito y radio, y solicitamos al centro coordinador un vir para analgesia e inmovilización, y mi centr, vuestro centro me dijo que no, que inmovilizara y trasladara, con lo cual culo cubierto, atención rápida paciente atendido y todos contentos.
21/10/2011 a las 11:17 en respuesta a: Funciones de enfermeria administar medicacion, y via sbc #59714saw112 wrote:Admirable por tu parte y de lo cual muchos profesionales tendría que aprender.Pero piensa una cosa Gus. Si nos preocupamos tanto por el paciente, como afirmas, van a seguir aprovechandose de todos nosotros y recortandonos derechos, ya que como hagan lo que hagan, vamos a seguir haciendo lo mismo por el paciente…
El personal, que hasta el momento es sanitario, es el que hoy por hoy se tiene que preocupar por el paciente, y mira como lo hacen. ¿Cómo se llama? ¿Juramento hipocrático?
Mi actitud, que a primera vista te puede parecer egoista, no lo es en absoluto, más bien al contrario. Piensa una cosa. Ellos crean necesidad, y consiguen…
21/10/2011 a las 11:16 en respuesta a: Funciones de enfermeria administar medicacion, y via sbc #59713Gus wrote:Yo tengo el problema muy claro, LA ATENCION AL PACIENTE.No valoro la profesionalidad de toda esa gente que se coge esas bajas, en su conciencia ira.
21/10/2011 a las 11:15 en respuesta a: Funciones de enfermeria administar medicacion, y via sbc #59712saw112 wrote:¿Y cual es el problema Gus? Se pide una UVI, se explica la situación a la familia y punto y a esperar.Imagina todas las ambulancias de SVB pidiendo personal sanitario para solo valorar y que redacte el informe. Que nos limitemos a realizar unicamente nuestras funciones que nos recuerdan una y otra vez. Es decir, a conducir y a empujar una camilla.
Que el celador y el conductor de la UVI se limite a realizar sus funciones. Conducir (y no subir al domicilio) y el celador a empujar camillas. ¿Qué es eso de ayudar a atender al paciente?Gus wrote:Todo esto es lo legal, lo que se debe hacer y para lo que los TEMs estamos legalmente capacitados, pero de corazon, no os parece un poco ILOGICO????Lo que me parece más ilógico, es que haya un enfermero que se jazte de irse de la guardia por una crisis de ansiedad por una gran carga de trabajo. Lo que me parece más ilógico, es que el personal médico se cojan bajas falsas porque no cobrán lo que creen que deberían cobrar (no entro a valorar).
Estos profesionales, son los que tienen que preocuparse realmente por el paciente, y sobreponen sus condiciones económicas sobre lo que le ocurra al paciente.En cambio, los técnicos, por ser bueno y actuar de «corazon», parecemos tontos. Nos amenazan con denuncias. Nos retiran plus de Técnico porque ahora somos celadores y conductores (y seguimos haciendo la función del técnico, increible). En conclusión, nos pisotean y seguimos protestando que no nos dejan por «el bien del paciente».
Pues nada, sigamos así, haciendo el canelo y «preocupandonos por el paciente», cuando nadie se preocupa por el Técnico (ni si quiera esos pacientes y familiares).
En fin. Valorarlo. Yo lo tengo muy claro.
21/10/2011 a las 11:14 en respuesta a: Funciones de enfermeria administar medicacion, y via sbc #59711Gus wrote:Creo que ha puesto un mal ejemplo con el tema de las glucemias,te voy a poner un ejemplo a no voy a continuar con esto porque como siempre no lleva a ningun sitio.Ej, paciente diabetico, bajo nivel de consciencia, palido y sudoroso. El MEDICO DEL CCU le indica a su vecino que es el que le ha llamado, que le realize una prueba de azucar con el aparato ese de la mesilla y le diga el resultado, cuando se lo da le dice que le pinche la jeringa esa de la caja naranja que hay en la nevera y que le de miel, es decir, le pide que realiza una prueba invasiva y despues que le MEDIQUE. Bien esto que he contado es caso real que he visto mas de una vez, pues pongamos el caso de que en vez de ser el veciono son dos TEMs de ISOLUX, o cuatro de C.R. o P.C., llegan antes al domicilio y segun sus competencias lo unico que pueden hacer es poner al paciente de lado (aunque creo que la movilizacion de pacientes tambien es competencia de enfermeria) y esperar, no pulso, no sat de O2, no tension y no glucemia, solo PLS y aguantar a la familia que te dice que ellos harian mas por su familiar que tu que vienes en una ambulancia.
Todo esto es lo legal, lo que se debe hacer y para lo que los TEMs estamos legalmente capacitados, pero de corazon, no os parece un poco ILOGICO????
Yo no quiero hacer el trabajo de nadie pero si tu llegas a un trafico y el paiente esta fuera del coche, estais solos y ves una llamita en el coche, no coges el extintor y se lo vacias encima???? estas haciendo el trabajo de los bomberos?? yo creo que no.
21/10/2011 a las 11:13 en respuesta a: Funciones de enfermeria administar medicacion, y via sbc #59710nifedipino wrote:En primer lugar, Jorgedav, también a mí me ha parecido interesante el post. Al menos habla de cosas concretas, claras y parece que con conocimiento.Por partes que dijo el forense…
Si tiramos de wikipedia (por poner un ejemplo) se diferencian profesión y oficio por la necesidad o no de un conjunto de conocimientos teóricos previos, con alusiones también a estudios universitarios y un conocimiento especializado en general. Desde este punto de vista, la medicina y la enfermería se pueden entender como profesiones. El TEM no, se trataría de un oficio. Esto no tiene porqué ser valorado de forma negativa. Sin electricistas no habría luz, sin mecánicos los coches no andarían y sin panaderos, tendríamos que comer arroz, como los Chinos!! Cada uno cumple una función necesaria dentro de la sociedad.
Yo soy un defensor a ultranza de que cada uno haga su trabajo. Con eso y con todo jamás acusaré ni perseguiré a nadie que se haya extralimitado en una situación de emergencia (y esto significa riesgo para la vida y además inmediato, lo otro son urgencias.) Para salvar una vida, no habiendo otra forma, un técnico debe medicar, oxigenar o hacer lo que haga falta, igual que una enfermera debe medicar, intubar o hacer lo que haga falta si no hay médico y no se le puede esperar. Pero una condición “sine qua non” para hacer tú propio trabajo, y por ende, con más razón para meterse en el de otro, es saber lo que se está haciendo. No poner una droga o un oxígeno que no se saben manejar. Y la cuestión con el tema de las técnicas de enfermería (en este caso) es ¿Para qué se hacen? ¿Para qué hace un tem una glucemia? Las determinaciones de glucemia no salvan vidas. Si el paciente está consciente, supera la “A” del ABC, sino, la actuación es pedir ayuda. Lo mismo con las tomas del resto de las constantes. Mención a parte, está el hecho de que los resultados que se obtengan hay que interpretarlos.
Existe otro fenómeno, el de los “emergencistas” que se quejan de que “no me dejan hacer …….” (lo que sea) Pero queridos señores/as, esto es un trabajo muy serio, no venimos a jugar a hacer las cositas de los demás. Las hacemos cuando los demás no pueden cumplirlas en ese momento y nos lo piden ¿Algún médico/enfermero se enfada porque el conductor prefiera mirar la guía personalmente? ¿O porque no lo deje conducir? ¿Se enfada algún tem porque el médico no lo deje pautar medicación o intubar?
Cada uno tiene su trabajo y el trabajo en equipo, al que tanto apelamos, consiste en hacer el tuyo propio, y después ayudar a tus compañeros a hacer el suyo, cuando lo necesiten. ESO es compañerismo.Un saludo a todos 😉
21/10/2011 a las 11:13 en respuesta a: Funciones de enfermeria administar medicacion, y via sbc #59709josito wrote:Gracias a todos, mi intención no es atacar a nadie, son expresiones que he reconocido plublicametne que me pierden las formas, pero el fondo creo que se entiende,Gus si te has sentido ofendido por mi persona no he recibido ningún privado tuyo, y desde qui te pido mis mas sinceras diculpas por que no es mi intención. ORR.
21/10/2011 a las 11:12 en respuesta a: Funciones de enfermeria administar medicacion, y via sbc #59708saw112 wrote:quetecuen wrote:No todos somos culpables, asegurate de que está libre él que si no nos tocará a otros 😆 😆 😆 😆Es lo que hay……luego que el equipo apañe cuentas con el. 😕
Solo digo. Si queremos jugar a cumplir la ley a rajatabla, yo me apunto.
Ah, y ni me siento amenazado ni atacado.
En fin. Lo dicho, y espero que cuando este compañero este en su turno en su UVI, todas las USVB llamemos a una UVI para cumplir las funciones que nos recuerdas en numerosas ocasiones.
Ah, y no existe ni rencor, ni me siento amenazado ni atacado. 🙂 Un saludo.
21/10/2011 a las 11:11 en respuesta a: Funciones de enfermeria administar medicacion, y via sbc #59707quetecuen wrote:saw112 wrote:Es seguir todas tus indicaciones. Ten por seguro, que si un día entro en una básica del sur de Madrid, sobre todo en tu zona, y el dia que estes currando 🙂No todos somos culpables, asegurate de que está libre él que si no nos tocará a otros 😆 😆 😆 😆
Y ahora hablando en serio, por que los técnicos os sentís ofendidos en este tema, josito abre el tema hablando de leyes y de enfermería nada más, pues que hablen ellos leche que no ha hecho referencia a nosotros.
No comamos ajos que es lo de siempre. 🙄Que razón llevas jorgedav, en la reflexión. :aplausos:
21/10/2011 a las 11:10 en respuesta a: Funciones de enfermeria administar medicacion, y via sbc #59706josito wrote:saw112, dos cosas: uno no he amenazado a nadie, simplemente he indicado normas, reglamentos, publicado sentencias, trozos del estatuto marco,.2.-Será un placer el ir donde nos solicites, no me asusta el trabajar. Sobre denuncias? A residencias muchas…. ya han cerrado tres…….. si quieres te digo con que médico estaba hay dos testigos médicos del servicio uno en SUAP y otro en VIR y UME.
A TEM uno esta denunciado, por hacerse pasar por enfermero en una obra, delante de Policia Municipal y estar aplicando tto farmacólogico, si quieres saber como va la causa, juzgado número 1 de Alcobendas….. Estaba quitando un puesto de trabajo a un DUE y con las papas de mis colegas Dues no se juega….Las demás una a un locutor y otra a una médico esta en deligencias previas, más información asesoria jurídica del colegio profesional de enfermeria.
Gus, buen dia……He determinado que cada vez que no me guste tu post te daré los buenos dias, es por si no te has dado cuenta.
Buscapino, no voy a discrepar te recuerdos que somos enfermeros, que no existe la especialización, y las leyes son para los enfermeros sin distinción. Ojalá cambien las leyes, ( Ya en breve) permitan la prescripción farmacologica, reconozcan la especialidad de enfermeria de emergencias, nos la paguen claro esta, mientras no haya nada de eso……….. Sabés cual es nuestro nombramiento como personal fijo?……..
ENFERMERO DE URGENCIAS DE A.P. Que te parece?. Sabías que todos los fijos en UMEs, VIR, SUAP, UAD, somos enfermeros de urgencias de Atención Primaria?….. Zanjo el tema de constantes y glucemias entiendo que ya esta todo hablado. Un saludo. ORR
21/10/2011 a las 11:09 en respuesta a: Funciones de enfermeria administar medicacion, y via sbc #59705saw112 wrote:El problema, Josito, surge cuando no ha ido el médico ni DUE de AP.Ante un paciente con insuficiencia respiratoria, que hago? Antes un posible sincope, ¿que hago? Ante una parada ¿Que hago? Según tu, tus jurisprudencias y tus amenazas, estamos antes intrusismo, carcel, etc., etc.
No es cuestión de entrar en provocaciones de ningún tipo. Es seguir todas tus indicaciones. Ten por seguro, que si un día entro en una básica del sur de Madrid, sobre todo en tu zona, y el dia que estes currando (ya que lo has publicitado numerosas veces), ten por seguro que tu UVI no para. Y que el centro haga lo que quiera.
Bueno, te puedo asegurar, que si digo que el paciente esta muy malito porque ademas, ni se, ni tengo capacidad para tomar una simple pulso, y que además, hay un enfermero que amenaza constantemente con denunciarme por intrusismo, ten por seguro, que vendrás a mi solicitud. Solo aplicare la ley. Ah, ni te lo tomes como una provocación, ni amenaza, ni nada en absoluto, porque no hay razones para ello. 🙂 🙂21/10/2011 a las 11:08 en respuesta a: Funciones de enfermeria administar medicacion, y via sbc #59704Buscapino wrote:Josito, las sentencias que sugieres se refieren al ámbito hospitalario, y no al de la emergencia (que tiene características bastante diferentes) Y además se refieren a técnicas invasivas, nada que ver con lo que se hace por parte de los técnicos de emergencias. Las glucemias no se hacen en básica, son invasivas . Si alguien las hace lo esta haciendo muy mal.Y cualquier otro argumento… entra en el ámbito de la temeridad y de lo legal incluso… El medico que»supervisa» actos realizadas por personas no capacitadas para ello y que corresponden al cuerpo de conocimientos de otra categoría profesional incurre igualmente en un delito….
Por ej.:
Artículo 405.
A la autoridad o funcionario público que, en el ejercicio de su competencia y a sabiendas de su ilegalidad, propusiere, nombrare o diere posesión para el ejercicio de un determinado cargo público a cualquier persona sin que concurran los requisitos legalmente establecidos para ello, se le castigará con las penas de multa de tres a ocho meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años.Artículo 406.
La misma pena de multa se impondrá a la persona que acepte la propuesta, nombramiento o toma de posesión mencionada en el artículo anterior(http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l2t19.html#a405), sabiendo que carece de los requisitos legalmente exigibles.
Lo siento pero el delito de prevaricación( al que se refieren estos artículos) no se ajusta ni de lejos al caso que expones. Principalmente por que, que un técnico administre una medicación en una uvi bajo mandato y supervisión del personal facultativo que la integra, se hace por motivo de urgencia y no como practica habitual. Y ello no supone que se proponga, nombre o se de posesión al técnico del titulo de DUE, ni mucho menos.
Este delito lo cometeria por ejemplo un responsable (autoridad o funcionario publico) que contratara con categoría de medico a alguien que de sobra sabe que no lo es.¿Por cierto donde veo los titulos del ministerio de educación y ciencia de los TEM, dónde veo en el ministerio de sanidad y consejerias las funciones de los TEM?. En el Estatuto Marco donde leo tu categoria profesional?….
No los busques, el transporte sanitario y las formación de los tem no lo regula el ministerio de educacion (todavía). Viene regulada en la normativa vigente en materia de transportes por carretera (estatal y autonomica) y sus criterios minimos de formación aquí en Madrid también los regula la consejería de sanidad y servicios sociales (que como tiene las competencias transferidas.. es la responsable). No creo que tenga que recordarte que no todas las profesiones dependen de un titulo del ministerio. Y tampoco que ni el TEM ni el DUEM tienen ámbito estatal.
Por cierto una UME sin medico..por supuesto que no es una UME.
21/10/2011 a las 11:07 en respuesta a: Funciones de enfermeria administar medicacion, y via sbc #59703josito wrote:jorgedav, totalmente de acuerdo. Por eso hay gente que se paga un master en derecho sanitario, que lo implanta la UAM. Además de asesorias juridicas en cada colegio profesional con los mejores licenciados en derecho y expertos cada uno en su materia, para defender los puestos de trabajo de su colectivo y un bien que en nuestro caso se transmite al enfermo y a todos en general.http://www.codem.es/Docs/jurisprudencia/sentencia_tribunal_supremo_gerocultores_d3abc70e.pdf
http://www.codem.es/Docs/jurisprudencia/sts2293_2005.pdf.
Todavia hay alguna más donde concreta sin dudas que la administración de medicamentos es función de enfermería, ya sea por la via de administración que sea. Sobre toma de constantes o técnicas mínimamente invasivas son funciones de enfermeria o personal médico.
Si necesitas sentencias condenatorias via penal o via civil sobre intrusismo profesional de técnicos de rayos, laboratorio x hacer extracciones de sangre, dues, auxiliares, gerocultoras, camilleros, celadores, conductores ( por tener accidentes ), médicos por mala praxis tengo muchas y con muy grato placer se las pasaré por via privado a quien las precise, aunque, las sentencias son públicas y notorias para todos los ciudadanos.
De todas formas ya digo allá cada cual, y su forma de trabajar. Un saludo. ORR
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