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- 24/08/2010 a las 21:06 en respuesta a: Nuevo Concurso de empresa de ambulancias adjudicataria de los servicios para Summa 112 2010 #52722jlp wrote:Hay un BOCM que no recuerdo pero que prometo buscar mañana, que regula las funciones de los Auxiliares en Transporte Sanitario, que es la categoría que ostentan los técnicos del SERCAM. Yo creo que de momento es en lo que se deben basar los tem, pues es lo único que hay publicado.
Prometo buscarlo mañana, que no son horas.Lo publicaré en otro tema, mientras, intentemos retomar el hilo original por favor, Empresa adjudicataria de servicios en el SUMMA 112.
Un saludo. :saludos:
24/08/2010 a las 21:05 en respuesta a: Nuevo Concurso de empresa de ambulancias adjudicataria de los servicios para Summa 112 2010 #52721Mariete112 wrote:blanquito112, dos matizaciones de buen rollo.1.- Sigo leyendo en el link de la pagina del colegio profesional de enfermeria Tribunal supremo de Madrid. Recurso número: Casación7113/2007.
Sigo leyendo sentencia en mano tribunal supremo de la comunidad valenciana ya referido anteriormente.
Jurisprudencia por letrados sólo hay una jurisprudencia, eso de menor y mayor no existe según expertos en la materia y demostrado queda que tú no eres letrado.
2.-La norma y ley actual es el estatuto marco, ley 55/2003. No existe la figura de TEM y por supuesto sus funciones, norma superior de cualquier acuerdo sindical o acuerdo SUMMA112 con sus trabajadores. No existe el TEM en el personal estatutario.
Otra ley LOPS 01/12/2003 regula los aspectos básicos de las profesiones sanitarias tituladas en lo que se refiere a su ejercicio profesional por cuenta propia o ajena, entre otras cosas, No existe la figura del TEM, ni siquiera es personal sanitario y no tiene acceso a la historia clínica del paciente ni que este mismo le cuente sus problemas sanitarios. ( Ley básica nacional sobre derechos y obligaciones del paciente en materia de información. Historia clínica). Ley 41/2002.
En fin que no me invento nada, ni doy mi opinion al respecto, sólo informo pongo donde encontrar las sentencias. ¿ O no sabes interpretar lo que lees que no me lo creo? o ¿ No admites las sentecias firmes de la justica?. Mi opinión al respeto es esta última.
Si nos pasa lo mismo con la prescripción de enfermeria, que estamos luchando por ella con el impedimento de los colegios profesionales de médicos de España.
Pero en fin, no podemos dar paracetamol y no lo damos, y quién lo haga eso se llama intrusismo profesional en España, En Europa las Dues prescriben casi cualquier tipo de farmaco bajo su responsabilidad y conocimientos. Spain is different…..
Espero y deseo que todo esto cambie y cambiará ya lo verás, y dentro de poco TEM regulaos formaos, reconocidos profesionalmente, sanitarios, bien pagaos, y Dues medicando y haciendo la calle como una especie de paramedic como en EE.UU, Israel, Gran Bretaña y un largo etc…. Si no el tiempo nos dará la razón, y los médicos en hospitales y centros de salud. Sobre este tema no volveré a comentar nada más, no quiero crear mal rollo en ningún momento tan solo mi voluntad es informar.:saludos:
24/08/2010 a las 21:04 en respuesta a: Nuevo Concurso de empresa de ambulancias adjudicataria de los servicios para Summa 112 2010 #52720FranTorrejon wrote:El título solo marca contenidos y conocimientos adquiridos.
Conocimientos adquiridos, ahi lo pones… conocimientos que te exigen para desarrollar tu labor en el summa, conocimientos que si no aplicas, pueden traerte por el camino de la amargura
La UADs son SVA?. ¿Los VIR de la capital y periferia se tratan como SVA?
Las uads no son SVA, pero tampoco los tecnicos de uad hagamos muchas funciones de tecnico que digamos (salvo contadisimos casos) Los vires, los traten como los traten, siguen siendo SVA (aunque a algunos/muchos de los que matiza se les olvida y lo tratan como UAD + enfermeria)
porque lo de la «etica, responsabilidad y PAS
Son las razones por las cuales me gusta hacer mi trabajo lo mejor posible, si quieres te pongo porque me sale de las mismisimas, pero queda peor…
que nos recalcan una y otra vez puede ser intrusismo con enfermería.
No todo, desde luego las glucemias y las tensiones si esta claro que es su funcion, pero el resto de cosas no (si no en los hospitales las harian ellos, y aun no les he visto hacerlo)
por último, quizas tu culo en un banquillo (como podría ser el de otro) y un buen abogado, aclararía muchas cosas, y quizás mucho que ganar, más que de perder.
Ya, pero como comprenderas, no me gustaria ser el martir de la gente, que una cosa es que me comprometa como el que mas en la lucha por el reconocimiento de nuestra categoria y nuestras funciones, y otra ser la cara visible y el que termina o puede terminar jodido por todos los laos. Porque el buen abogado ten por seguro que me lo iba a tener que costear yo de mi bolsillo, y no esta el horno para bollos, como el del 90% de los españoles (claro que si nos pagasen pluses mileuristas por navidad… 😈 😈 😈 😈 😈 😈 😉 )
24/08/2010 a las 20:59 en respuesta a: Nuevo Concurso de empresa de ambulancias adjudicataria de los servicios para Summa 112 2010 #52719blanquito112 wrote:FranTorrejon wrote:Tu tienes el TEM? interpreto que si, y que sabes leer también no? pues ale, dale la vuelta al diplomita y ponte a leer.El contenido del curso y la diligencia de haber sido inscrito en un registro.
De funciones nada. Solo contenido.
Las funciones están catalogadas dentro de tu categoría profesional (para ver más, art. 22 del ET, y habría que ver la definición en el estatuto marco). En tu contrato con tu categoría se definen las funciones. El título solo marca contenidos y conocimientos adquiridos.
FranTorrejon wrote:En las guardias convocadas por el summa a mi se me ha notificado mediante telegrama en mi domicilio días antes de ser la huelga… y era sabido por todos que los servicios mínimos que hay eran del 100% de los habituales, así que de momento los dos conceptos que tu pones, se han cumplido.Trabajo de nuestros queridos sindicatos de impugnar esos servicios mínimos que no es que sean abusivos, son inconstitucionales, ya que violan claramente un derecho fundamental de la Constitución. La Comunidad de Madrid siempre impondrá esos servicios mínimos. Los sindicatos ya tienen tarea que hacer (aunque si no se mojan con nada…)
FranTorrejon wrote:Aquí, ambientados, muchos, profesionales, quizá mas, pero no eres capaz de entender las diferencias entre paralizar las AMBULANCIAS DE TRASLADO (que es lo que se hizo en esas huelgas) o paralizar TODOS los SOPORTES VITAL AVANZADO, porque creo que no es lo mismo, esos días la matización mejoro muchísimo, ya no había tanto aviso de ambulancia-taxi para que las familias no cojan los coches, y los SVA se reservaron para casos que realmente los necesitaron…¿Quién ha hablado aquí de parar todos los SVA? Seamos un poco lógicos, que ni todo es blanco ni todo es negro.
¿La UADs son SVA?. ¿Los VIR de la capital y periferia se tratan como SVA?
Es más, la única consideración sería ser un servicio esencial y que no existiera otro servicio similar que pudiera suplir en parte. En Madrid existe alternativa, SAMUR, inclusos hay zonas de la CAM con alta concentración de UVIs. Pero zonas como Colmenar sería una locura dejarla sin UVI. Luchas pero con lógica, por favor.Fran, ¿para ti existe pacientes de primera y de segunda? ¿El que necesite una ambulancia de urgencia es de menor categoría que el que precise una UVI? ¿El que tiene que ser dializado no tiene derecho a un transporte? El dejar las CAM sin ambulancias supuso una gran sobrecarga al Summa y por lo tanto perjuicio a los pacientes, o claro, esos pacientes son menos importantes, ¿no? Cuando hay una huelga de ambulancias, acaba tocando a todo el sistema. Así que no minimices las consecuencias de esa huelga, porque llegaron a ser muy graves.
FranTorrejon wrote:Que te quieres seguir pensando lo de que soy un ambientado porque me gusta hacer mi trabajo?No, porque lo de la «ética, responsabilidad y PAS», bajo mi punto de vista, sobra.
FranTorrejon wrote:pero pasa una cosa, que lo que jamas voy a hacer es hacerlo MAL A SABIENDAS, cuando eso aparte de perjudicar al paciente, puede terminar con mi culo en el banquillo de un juzgado (y esto me importa muchísimo mas que todos los pacientes juntos). Hay maneras de hacerlo, y no son las que tu defiendes…Hacer las cosas según lo que figura en tu contrato, no es hacer las cosas mal.
Pero lo que si es posible que lo estemos haciendo mal es ahora, haciendo cosas, que nos recalcan una y otra vez puede ser intrusismo con enfermería. Y hay una cosa que nos lleva ventaja. Ellos tienen una ley que regula sus funciones. Nosotros una orden de una Consejería que solo detalla el contenido de un curso.Hasta que no cambie el ordenamiento jurídico Ley VS Orden….. gana Ley.
Y por último, quizás tu culo en un banquillo (como podría ser el de otro) y un buen abogado, aclararía muchas cosas, y quizás mucho que ganar, más que de perder.
FranTorrejon wrote:para la empresa somos técnicos para lo que les interesa: para que hagas todo eso que, insisto, al menos los que nos movemos por aquí QUEREMOS y nos gusta hacer, pero para pagar el sueldo correspondiente, entonces no somos técnicos: somos conductor y celador.Y añadiría una cosa más. No solo remunerar, sino reconocer funciones.
24/08/2010 a las 20:55 en respuesta a: Nuevo Concurso de empresa de ambulancias adjudicataria de los servicios para Summa 112 2010 #52717marchante wrote:Gus, creo que no nos estás entendiendo a los 4 (contados) que nos quejamos por aquí:yo no quiero quedarme en el coche leyendo el «Marca» ni tampoco quedarme mirando cómo trabaja el resto del equipo sin ayudar en nada, (para eso me dedicaría a taxista o a manejar un volquete, que seguro ganaba más), lo que quiero es seguir haciendo lo mismo que YA hago siempre, (ayudar en todo lo que puedo) pero cobrando con respecto al trabajo que REALMENTE estoy haciendo a diario, (que NO es sólo conducir).
para la empresa somos técnicos para lo que les interesa: para que hagas todo eso que, insisto, al menos los que nos movemos por aquí QUEREMOS y nos gusta hacer, pero para pagar el sueldo correspondiente, entonces no somos técnicos: somos conductor y celador.
24/08/2010 a las 20:54 en respuesta a: Nuevo Concurso de empresa de ambulancias adjudicataria de los servicios para Summa 112 2010 #52716FranTorrejon wrote:Insisto nuevamente. ¿Qué funciones detalla esta orden? NINGUNA
Tu tienes el TEM? interpreto que si, y que sabes leer también no? pues ale, dale la vuelta al diplomita y ponte a leer.
Incorrecto. Anteriormente a la ejecución de la huelga, se debe establecer los servicios mínimos y avisar a quienes deban cubrirlos. Lo que quiere decir que en el mismo día no te pueden llamar, sería ilegal.
En las guardias convocadas por el summa a mi se me ha notificado mediante telegrama en mi domicilio días antes de ser la huelga… y era sabido por todos que los servicios mínimos que hay eran del 100% de los habituales, así que de momento los dos conceptos que tu pones, se han cumplido.
Y entonces te importo tres cojones el paciente? Y no me digas que no es lo mismo, porque lo es. Fastidiasteis a mucha gente en esos días, pero conseguisteis mejoras que al final a la larga han beneficiado a ese paciente.
Fran, que os encanta poner excusas y sigo diciendo lo mismo, y parece mentira que luego se os llene la boca con defender las funciones del técnico.
Insisto………MUCHO LADRAR Y MUCHO QUIERE SOLUCIONAR Y A LA HORA DE LA VERDAD ¡¡NADA!!y
FLIPO, YO FLIPO después nos llaman ambientados……….si es que no lo ganamos a pulso.
Fran, hace un ratito, decías que habías participado activamente en una huelga que PARALIZO LA COMUNIDAD DE MADRID ENTERA. Que perjudico a muchos pacientes de programados, diálisis y urgencias. Que cuando se amenaza con una huelga, tu eres el primero que críticas que el voluntariado actúe esos días.
¿Entonces no tenías moral? ¿no eras un profesional?Seamos un poco coherentes y dejemos ya las ambientadas.
Aquí, ambientados, muchos, profesionales, quizá mas, pero no eres capaz de entender las diferencias entre paralizar las AMBULANCIAS DE TRASLADO (que es lo que se hizo en esas huelgas) o paralizar TODOS los SOPORTES VITAL AVANZADO, porque creo que no es lo mismo, esos días la matización mejoro muchísimo, ya no había tanto aviso de ambulancia-taxi para que las familias no cojan los coches, y los SVA se reservaron para casos que realmente los necesitaron…
Y si, claro que critico al voluntariado, lo critico como norma habitual, pues entonces imagina si que sustituyan a un profesional que reivindica mejoras laborales hace que su protesta quede en agua de borrajas… ya de traca vamos…
Que te quieres seguir pensando lo de que soy un ambientado porque me gusta hacer mi trabajo? piénsalo, pero mucho ademas, porque te aseguro que mas exigente conmigo mismo en hacerlo bien te encontraras a pocos, pero pasa una cosa, que lo que jamas voy a hacer es hacerlo MAL A SABIENDAS, cuando eso aparte de perjudicar al paciente, puede terminar con mi culo en el banquillo de un juzgado (y esto me importa muchísimo mas que todos los pacientes juntos). Hay maneras de hacerlo, y no son las que tu defiendes…
24/08/2010 a las 20:48 en respuesta a: Nuevo Concurso de empresa de ambulancias adjudicataria de los servicios para Summa 112 2010 #52715blanquito112 wrote:Gus wrote:Que profesión queremos defender cuando lo que hacemos es leer la prensa mientras hay un paciente que nos pueda necesitar???¿Alguien ha dicho aquí, que guste leer el marca? :estresado:
Con esa capacidad de comprensión, es muy fácil que nos metan los goles que nos meten.FrantorrejonGus wrote:Dicen que esa seria una forma de hacer presión, limitarnos a trabajar así… yo lo siento pero mi profesionalidad, mi moralidad y el PAS no me lo permiten…FLIPO, YO FLIPO después nos llaman ambientados……….si es que no lo ganamos a pulso.
Fran, hace un ratito, decías que habías participado activamente en una huelga que PARALIZO LA COMUNIDAD DE MADRID ENTERA. Que perjudico a muchos pacientes de programados, diálisis y urgencias. Que cuando se amenaza con una huelga, tu eres el primero que críticas que el voluntariado actúe esos días.
¿Entonces no tenías moral? ¿no eras un profesional?Seamos un poco coherentes y dejemos ya las ambientadas.
😡
24/08/2010 a las 20:46 en respuesta a: Nuevo Concurso de empresa de ambulancias adjudicataria de los servicios para Summa 112 2010 #52714blanquito112 wrote:FranTorrejon wrote:Titulación exigida en el SUMMA 112 para la bolsa de conductores, y también para la de celadores, así como exigida por la CM para subirse a una ambulancia:En el Summa te pueden pedir hablar chino.
Lo que al final cuenta es el contrato que firmas con una categoría concreta, y es por lo que finalmente responderás, por tu contrato, y en el Summa es celador o conductor.FranTorrejon wrote:No, te repito que las funciones de un técnico son las mismas en el summa, en cruz roja, en protección civil, en el samur, en los servicios municipales, o en los privados, porque el que es técnico lo es porque esta reconocido así por la agencia lain entralgo, no por el summa, y es por ahí por donde se van a regir. La orden 560/1997 no es especifica para el summa… y ahí es donde vienen los conocimientos que tiene que adquirir un técnico, y en que maniobras se le tiene que entrenar…Insisto nuevamente. ¿Qué funciones detalla esta orden? NINGUNA.
En cambio, según encuentro, si están las funciones del celador de ambulancia (la norma es del año 71 y puede que este antigua), y que dice:
«Celador de Ambulancia: En el Servicio de Urgencias y en las Ambulancias, debe ir un celador, cuya misión será el bajar en camilla o silla a los enfermos desde el piso a la ambulancia. Durante el transporte debe ir junto al enfermo en el asiento que existe en toda ambulancia y avisar al personal Técnico Titulado de cualquier anomalía que observe en el paciente»
Por eso es por lo que se firma, Fran, esas son las funciones.
Insisto en Octubre del 2003, el acuerdo indica que esas funciones son obsoletas, se amplia las funciones (apoyo al personal sanitario) y se remunera.Eso, se lo cuentas al señor de negro, junto con las famosas sentencias que tanto nos pone nuestro querido enfermero, y oye, a ver que pasa. Por mi, ojala que ese técnico que estuviera delante del juez le condenen (no quiero el mal a nadie, ojo), porque entonces se reconocerían las funciones del técnico en todas las instituciones. OJALA.
FranTorrejon wrote:El derecho a la huelga lo tenemos concedido por la constitución, y si, por necesidades del servicio, al personal que esta ese día de guardia, se le puede comunicar la obligación de asistir a su trabajoIncorrecto. Anteriormente a la ejecución de la huelga, se debe establecer los servicios mínimos y avisar a quienes deban cubrirlos. Lo que quiere decir que en el mismo día no te pueden llamar, sería ilegal.
La fama es que los servicios serían del 100%. ¿Qué ley dice eso? Ninguna.
El personal de las instituciones sanitarias no tienen del derecho a la huelga limitada. Es más, un servicio mínimo del 100% sería violar un derecho constitucional que tienen todos los trabajadores, ya que anularía dicho derecho.
Estaría en mano de los sindicatos el demandar ese hecho que sería calificado como inconstitucional, ya que viola un derecho fundamental.De todas maneras, las cosas son más fáciles.
Se coge un día de la semana (fíjate solo uno) y todos los técnicos se ponen de acuerdo y cumple sus funciones con lo que indica su contrato. El que solo es conductor, a leer el marca abajo, y el celador esperando con la camilla. PUNTO.FranTorrejon wrote:Claro que se como se han conseguido las cosas en la privada, yo mismo estuve en la primera huelga de piquete (informativo por supuesto 😈 )¿Y entonces te importo tres cojones el paciente? Y no me digas que no es lo mismo, porque lo es. Fastidiasteis a mucha gente en esos días, pero conseguisteis mejoras que al final a la larga han beneficiado a ese paciente.
Fran, que os encanta poner excusas y sigo diciendo lo mismo, y parece mentira que luego se os llene la boca con defender las funciones del técnico.
Insisto………MUCHO LADRAR Y MUCHO QUIERE SOLUCIONAR Y A LA HORA DE LA VERDAD ¡¡NADA!!24/08/2010 a las 20:44 en respuesta a: Nuevo Concurso de empresa de ambulancias adjudicataria de los servicios para Summa 112 2010 #52713FranTorrejon wrote:Gus nadie dice que lo prefieran, o al menos yo no lo interpreto así. Dicen que esa seria una forma de hacer presión, limitarnos a trabajar así… yo lo siento pero mi profesionalidad, mi moralidad y el PAS no me lo permiten…24/08/2010 a las 20:43 en respuesta a: Nuevo Concurso de empresa de ambulancias adjudicataria de los servicios para Summa 112 2010 #52712Gus wrote:Me gustaría ver lo que opinan algunos cuando la ambulancia que tiene que atender a su familiar tarda 30 min. porque el conductor hace lo que dice la ley y se tarda 1 hora en bajar al paciente porque los TEM dicen que no movilizan, veras como entonces cambian las opiniones y todos los que hoy defienden las movilizaciones y las leyes ABSURDAS,OBSOLETAS E INCOHERENTES y se echan las manos a la cabeza pidiendo mas profesionalidad en aquellos que están dejando morir a su familiar porque prefieren leer el Marca.Que profesión queremos defender cuando lo que hacemos es leer la prensa mientras hay un paciente que nos pueda necesitar???
Luego nos quejamos cuando en nuestros equipos tenemos un celador que es un perro, o un medico que no toma decisiones….
24/08/2010 a las 20:42 en respuesta a: Nuevo Concurso de empresa de ambulancias adjudicataria de los servicios para Summa 112 2010 #52711FranTorrejon wrote:¿Qué titulación?
Titulación exigida en el SUMMA 112 para la bolsa de conductores, y también para la de celadores, así como exigida por la CM para subirse a una ambulancia: Técnico de Emergencias Medicas, consistente en X horas de formación teórica en aula, con 72 horas de practicas en la calle. No es formación reglada, pero determinadas aptitudes si se te otorgan con ese titulo, y es precisamente por esa orden, por la que te pueden sacudir. Si no exigiesen el TEM para entrar, la cosa hubiese sido muy distinta, de ahí que hasta hace bien poquito, los conductores de UAD no pisaban el domicilio ni de coña (salvo excepciones)
Es más, las funciones vienen detalladas en el acuerdo entre Summa 112 y Consejería de Sanidad
No, te repito que las funciones de un técnico son las mismas en el summa, en cruz roja, en protección civil, en el samur, en los servicios municipales, o en los privados, porque el que es técnico lo es porque esta reconocido así por la agencia lain entralgo, no por el summa, y es por ahí por donde se van a regir. La orden 560/1997 no es especifica para el summa… y ahí es donde vienen los conocimientos que tiene que adquirir un técnico, y en que maniobras se le tiene que entrenar…
¿Y que propones entonces?
El derecho a la huelga lo tenemos concedido por la constitución, y si, por necesidades del servicio, al personal que esta ese día de guardia, se le puede comunicar la obligación de asistir a su trabajo (es lo que tiene trabajar para un servicio básico de la sociedad) pero… y los demás? de las UVI,s. hay 5 turnos que no están trabajando el día de huelga, de los Vires, hay dos turnos, y de las UAD,s y los SUAP hay 3 turnos que no trabajan ese día… aquí todo el santo mundo tiene derecho a cortar la castellana para protestar por el precio de la leche, y nosotros el dia de libranza que hacemos, a pasar el día a la warner??? venga coño.
Claro que se como se han conseguido las cosas en la privada, yo mismo estuve en la primera huelga de piquete (informativo por supuesto 😈 ) recorriendo con mi coche gran parte de la comunidad de Madrid, coordinado con otros compañeros para avisar por todas las zonas, y me coincidía con mis dos únicos días libres… de hecho, el aprovechar esos dos únicos días libres para la huelga me costaron un problema personal por otro lado que tuvo una muy difícil solución, pero ahí estuve, porque era mi obligación… dile aquí a la gente que el día que libra, hay que plantarse en la puerta de la consejería de sanidad a montar un circo… es mas, dile a los sindicalistas que se muevan… (claro que viendo la respuesta, por los cojones, pa verse ellos solos allí…)
24/08/2010 a las 20:39 en respuesta a: Nuevo Concurso de empresa de ambulancias adjudicataria de los servicios para Summa 112 2010 #52710blanquito112 wrote:FranTorrejon wrote:En mucho de esto tenéis razón… hasta que os coja por banda un juez, y os ponga el pandero colorao por no haber cumplido con las funciones exigidas en su titulación,¿Qué titulación? ¿Qué funciones? ¿Donde vienen reflejadas esas funciones? La orden 560/1997, no detalla ningún tipo de funciones. Es más, ni siquiera hablamos de una ley, hablamos de una orden de una consejería (por debajo siempre de la ley).
Es más, las funciones vienen detalladas en el acuerdo entre Summa 112 y Consejería de Sanidad en las que indica que las funciones será apoyar al personal sanitario y que tendrá una retribución específica para ello. Es decir, quien no cobra el complemento de técnico no tiene que hacer esas funciones.
¿Qué funciones tiene el celador? ¿Trasladas al paciente de un sitio a otro y trasladar documentos? ¿En algún lugar pone que el celador tiene que ayudar al personal sanitario? ?Los celadores de hospital apoyan en una intervención con un paciente? No.
¿Qué funciones tiene un conductor? ¿Conducir el vehículo?FranTorrejon wrote:y alguno querrá justificarse con el tipo de contrato… las decisiones judiciales están por encima de los contratos, y creedme que como el resultado sea malo, o muy malo para el paciente, el Sr Magistrado no se va a poner ni colorao en meterle a alguno un paquete de los que a todos nos escuecen…Perdona Fran, no es que me justifique, es a lo que indica a lo que me voy a dedicar. En mi contrato me pone la categoría y grupo al que pertenezco y por lo tanto las funciones que tengo que realizar. Si no contraviene ninguna norma superior (ley, reglamento o convenio), estoy dentro de la legalidad, y puedo asegurarte que ningún juez va a decirte nada.
No hace falta que nos pongamos en un caso extremo de una parada sin personal sanitario.
Ponte en el caso de un paciente normalito, que no ha ido el médico que diga que te lo lleves. ¿Hace falta evaluar? UVI, así de simple.
Si estas con personal sanitario, a leer el marca que no están en tus funciones purgar un suero, inmovilizar y cosas de esas en la que nos gusta mucho meternos «por el bien del paciente».FranTorrejon wrote:Esta claro que tenemos que luchar por nuestros derechos, pero en el momento que lo hagamos realizando acciones que perjudiquen, o puedan perjudicar la atención al ciudadano, estamos jodidos (ademas de que perderemos cualquier tipo de apoyo que quisiéramos buscar claro)¿Y que propones entonces?
Me sorprende que hagas esa afirmación viniendo de donde vienes, y habiendo conocido como la privada ha conseguido mejoras en sus condiciones.
Los médicos si que se tienen que preocupar por los pacientes, profesional y eticamente, y cuando les tocan un poquito, mira lo que tardan en demostrar lo que les importa.
Lo que digo…. Inaudito. Estamos dispuesto a que nos sigan pisoteando una y otra vez. Me reafirmo, siento vergüenza. Mucho ladrar y luego… Así nos va, dando pasitos para atrás.
Eah, a seguir intentado arreglar el servicio por aquí (que a muchos os encanta) y la vida a los demás, que los demás no harán nada por ti. 😡Marchante wrote:la pena es que los que no somos fijos, ni siquiera interinos no podemos permitirnos el lujo de reclamar nuestros derechos ni de «hacer presión» de ninguna clase, porque tenemos claro que nos pondrían de patitas en la calle en cuanto se acabara nuestro «contratito», (eso el lo que tenga, claro).lo que de verdad es penoso es esa gente con su plaza y/o fijos que son los que podrían exigir que las cosas se hicieran bien, y protestar por «vías legales» y como bien se dice por aquí, lloran mucho en las guardias y se quejan mucho, pero luego no hacen nada.
P.D. y de los sindicatos ya ni hablamos…
ESA ES LA PUÑETERA VERGÜENZA DE ESTE SERVICIO. La falta de unidad y por supuesto, los sindicatos, que todavía cuando leen esto piensan que somos unos necios por pensar que podemos progresar.
24/08/2010 a las 20:36 en respuesta a: Nuevo Concurso de empresa de ambulancias adjudicataria de los servicios para Summa 112 2010 #52709FranTorrejon wrote:Aquí te espero blanquito….. 8) 8) 8) 8) 8) 😛24/08/2010 a las 20:35 en respuesta a: Nuevo Concurso de empresa de ambulancias adjudicataria de los servicios para Summa 112 2010 #52708blanquito112 wrote:Vamos a ver Mariete. Como ha puesto Fran, Tribunal Supremo solo hay uno, que esta en Madrid.
Claramente te estas refiriendo a un Tribunal Superior de Justicia, que como bien dices, hay uno en cada CC.AA.Complementando más, en el orden social, suelen actuar con frecuencia, los Juzgados de los Social, TSJ y Tribunal Supremo.
Las Audiencia Nacional, suelen entrar en conflictos de tipo colectivo y sindical y siempre que el asunto a tratar afecte a más de una Comunidad Autónoma.Los diferentes TSJ pueden coincidir en diferentes asuntos, y se considera Jurisprudencia, pero la llama Jurisprudencia menor, ya que aunque los Tribunales pueden tenerla en cuenta, la única que entra dentro del ordenamiento jurídico español, es la Jurisprudencia dictada por el Tribunal Supremo, y que en la anterior respuesta, ya dije como se producía.
Mariete112 wrote:No doy mi opinión doy información veraz de justicia, esa es la diferencia con los descalificativos. Para más información tuya estoy en una Uvi móvil privada y otra municipal que no es del SUMMA112. De hay que no tenga acceso a los trapos sucios que mediante colegas estoy puesto tb al día.Por supuesto estoy con los TEM que sean grupo C y no D, que se les atribuya sus funciones y responsabilidades, subida de sueldo y trabajo en equipo y como ves donde te puesto las leyes en el estatuto Marco no aparece y lo siento de veras, la figura del TEM, ni sus funciones, sólo celador o conductor personal no sanitario, mañana DIOS dirá……. ojalá que muy pronto. Un saludo y tenéis todo mi apoyo. Un cordial saludo.
Yo todavía no he descalificado a nadie, y si te sientes descalificados, pues chico, perdona, pero te ofendes con cualquier cosa.
Lo de saber lo de tu UVI y turno es fácil, no quiero problemas contigo, así que sabiendo cuando estas de guardia, y viendo que puedo tener problemas contigo, pues tomo mis medidas, esta claro, ¿no?Lo que me parece incoherente es que por un lado saques el hacha y después digas que nos apoyas… incomprensible.
Luego voy contigo Fran 😆
24/08/2010 a las 20:33 en respuesta a: Nuevo Concurso de empresa de ambulancias adjudicataria de los servicios para Summa 112 2010 #52707FranTorrejon wrote:blanquito112, sin entrar en polémicas, Tribunal supremo alicante, 2293/2005.
Polémica ninguna, estas equivocado y punto. Tribunal supremo, al igual que constitucional, solo hay uno, en Madrid. Dividido en cinco salas (civil, penal, contencioso-administrativo, lo social, y militar) se encarga de cualquier cuestión judicial que no dependa de los derechos constitucionales segun especifica el articulo 123 de la misma constitución. Te estas confundiendo con la Audiencia Provincial de Alicante, que por encima aun tiene el tribunal superior de justicia de la comunidad valenciana (hay uno por comunidad)
Y yo también te pongo un enlace, pero este es bueno (oficial y esas cosas) http://www.poderjudicial.es/eversuite/GetRecords?Template=default
y sí Gus, la cosa es así de clara: subes a los avisos y ayudas a tu equipo en lo que haga
falta PORQUE LO QUIERES HACER, porque lo consideras TU trabajo y porque es necesario
(algunas veces… últimamente cada vez menos…), pero NO porque sea nuestra obligación
si me estás contratando como conductor.y en teoría, poniéndonos estrictos, no podemos hacer glucemias, ni tomar tensiones, ni usar
el monitor, ni hacer electros, ni siquiera subir el oxígeno (puesto que es «medicación» y por
tanto sería tema de enfermería), ni usar el pulsi y así un largo etc.En mucho de esto tenéis razón… hasta que os coja por banda un juez, y os ponga el pandero colorao por no haber cumplido con las funciones exigidas en su titulación, y alguno querrá justificarse con el tipo de contrato… las decisiones judiciales están por encima de los contratos, y creedme que como el resultado sea malo, o muy malo para el paciente, el Sr Magistrado no se va a poner ni colorao en meterle a alguno un paquete de los que a todos nos escuecen…
Esta claro que tenemos que luchar por nuestros derechos, pero en el momento que lo hagamos realizando acciones que perjudiquen, o puedan perjudicar la atención al ciudadano, estamos jodidos (ademas de que perderemos cualquier tipo de apoyo que quisiéramos buscar claro)
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