Respuestas de foro creadas
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Hola
Esto que dices es lo del permiso de paternidad que se da para ayudar a la madre no???
Salu2
quetecuen wrote:quetecuen wrote:Y para abrir la liebre hago la primera consulta.-Que nos corresponde por nacimiento de hijo????
Bueno pues aparte de lo que ya nos comentó megahomer que eran 2 dias por parte de la empresa saber que tenemos 13 dias más a poder contar a partir del tercer dia de nacimiento,la solicitud de esta modalidad se coge en el INSS ,en el que te entregan:
*Solicitud de la prestación.
*Papel de del IRPF.
*Certificado de empresa.Una vez rellenado todo esto se volverá a presentarlo al INSS ,junto a :
*DNI (original y fotocopia).
*Libro de familia (original y fotocopia).
*Copia de la nómina del mes anterior a la prestación.jlp wrote:No se a que espera la administración para reconocer que una jornada nuestra no es igual a una de especializada o primaria. Ya les vale, es que mosquea joé…juan wrote:Chema, estando de baja si te pagan la nocturnidad y los festivos. Esto no hace mucho tiempo que se aplica, antes no podías ponerte enfermo.
Volviendo al tema de los festivos y la nocturnidad en un domingo o festivo. Si haces 24 horas, desde las 8,30h. hasta las 22 h., serían horas festivas, total 13,30 h., más los treinta minutos de 8 a 8,30, del domingo que tú sales, que no se te paga, total 14 horas de festivo= a dos jornadas festivas en el hospital, pero a nosotros sólo nos pagan una jornada, en el hospital al turno de mañana( 7h.), y al turno de tarde(7h.), les pagan a cada uno lo que a nosotros por 14 horas. Desde las 22h. hasta las 8h.(10h.) es la nocturnidad.
Creo que es una de las propuestas de los sindicatos el que se nos reconozca la festividad por el número de horas.chema wrote:Si estás de baja por accidente laboral ¿cobras los pluses de nocturnidad y festivos?juan wrote:Juvi, si trabajas un festivo o domingo, las 24 horas, te pagan, el festivo y la nocturnidad. Esto ha sido a si desde siempre. Un saludo.gargantaprofunda wrote:Hace un par de días he estado en el departamento de RR.HH, para reclamar la atención continuada del mes de Febrero, ya que por un error de ellos no me han pagado nada, y al hilo de lo que dice Juvi, al comprobar las guardias que hice junto con la compañera de RR.HH, el domingo me lo han anotado como festivo más nocturnidad.juvi wrote:Si no tengo mal entendido creo que a enfermeros y médicos, les han empezado a pagar la nocturnidad lo cual es lógico, lo que no encuentro tan lógico es que a ellos les paguen el domingo ,por dos conceptos festivo mas nocturnidad y anosotros el personal no sanitario solo nos paguen festivo y nos escatimen la nocturnidad del domingo.
Creo que los sindicatos deberían explicar esta contradicción entre personal sanitario y no sanitario.Espero alguna respuesta de los sindicatos porque se consiente esto y no nos llaman a concéntranos por esta discriminación.
gargantaprofunda wrote:jlp wrote:No, porque en los hospitales no hacen contratos de un dia.Ya lo creo que hacen contratos de un día, y a veces hasta por horas. Teóricamente y según me han informado se computa toda la antiguedad que tengas en el sistema publico sanitario.jlp wrote:No, porque en los hospitales no hacen contratos de un dia.quetecuen wrote:Pero ese es un problema del que como dice Chema todos hemos sufrido cuando en su día fuimos suplentes.Se contabiliza del mismo modo en los hospitales??????
jlp wrote:Casi todos los antiguos chema, hay muchísima gente que ha entrado con contratos de al menos 6 meses en los últimos años debido a la gran ampliación del servicio.chema wrote:Por desgracia por ese aro hemos pasado casi todos.virolita wrote:Chema, jlp, les cuento lo que entiendo yo:El problema de «antigüedad». no es Insalud o Summa sino los contratos de vergúenza que teniamos/tenemos.
Los SUAP (antes SNU y SEU), pertenecian al Summa, luego pasaron a depender de las Areas del Insalud hasta que se realizo la transferencia de competencia sanitaria a la CAM (IMsalud) y desde febrero de 2005, de nuevo al Summa.
Asi que cuenta todo el tiempo trabajado en cualquiera de esos organismos sucesivos.
Lo que resulta una verdadera discriminacion es el resultado de tiempo trabajado segun el contrato, ejemplo:Con contrato continuo o de 6 meses (acumulos), cuentan 30 dias y en el mes solo haces 10 guardias.
Con contrato por guardia, cada dia de tu antigüedad se ha llevado el sudor de tu frente y del resto de tu cuerpo y mente.O sea que para tener una antigüedad de 1 año, debes haber trabajado tres: creo que esa es la verdadera injusticia (ademas de todas las demas).
😯 😡
Como decia en otro foro, ahora me voy a leer el de «agradecimientos», para dejar de 😥 y seguir 🙂 el resto del dia.
:saludos:
jlp wrote:Pos nada, tendremos que dar las gracias por escrito al servicio y a la dirección general de RRHH por en su momento tenernos tanto tiempo con contratos de días. Otra vez los que en su día elegimos 061 volvemos a pagar por necios…- AutorEntradas
