Respuestas de foro creadas
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- pma-112 wrote:Hola
Fijate visperas, nocturnidad, domingos, festivos,
Gracias a los sindicatos , pero eso como no es una critica nadie les da las gracias, y eso que yo no soy un sindicato, pero leñe a cada uno lo suyo
Y yo por lo menos les doy las gracias a los que han peleado, que no todos, y han conseguido el que nos paguen , algo que hace años lo habiamos perdido
Saludos
chema wrote:Viene como 024 – AT. CONT A (VISPERA D/F)
Al menos en mi nómina.jlp wrote:Hoy me han comentado que cobramos las vísperas de festivos, eso es cierto? Si es así, ¿cómo viene en la nómina?.aaron wrote:consulta sindical aunque ya lo puse en otro foro pero creo que lo deberia haber puesto aki ¿no tenian que pagarnos las horas de las votaciones sindicales?recuerdo que a los suap perifericos se nos pagaba 5 horas ¿me equivoco? porque a nadie le han pagado nadachema wrote:Me imagino que si has recurrido las anteriores listas y crees que sigue estando mal, lo que recurriste,si lo puedes volver a recurrir.Carbonero wrote:Se pueden recurrir las listas definitivas si siguen poniendo la antiguedad mal??Carbonero wrote:Esto mismo lo he puesto en otro lugar y no se si será el adecuado pero ahi va mi cuestión.
Acabo de ver que en la reunion del dia 26? hablan de que solamente es valido el tiempo que estas de alta por dias, yo me pregunto ¿¿que pasa ahora si resulta que el certificado de tiempo trabajado que me ha expedido el area donde trabajaba antes me lo han expresado en horas??. Segun lo que he leido, no se tendrá en cuenta, y por lo tanto figuraré con el mismo tiempo que en la anterior lista. ¿Tendré la posibilidad de recurrir o ya es definitivo?gargantaprofunda wrote:tuchinta wrote::saludos: :saludos: :saludos:Hola:
Una pregunta:
Cuando nos jubilemos ¿Que conceptos de la nómina son los que se nos pagarán?La jubilación viene regulada por la base de cotización, en tu nómina en la parte inferior viene un concepto que pone Base/Patronal CC., ese es por el cual cotizas al regimen de seguridad social, y ese sera la base de calculo para la jubilación. :saludos:
tuchinta wrote::saludos: :saludos: :saludos:Hola:
Una pregunta:
Cuando nos jubilemos ¿Que conceptos de la nómina son los que se nos pagarán?:saludos: :saludos: :saludos:
juvi wrote:Gracias Juan por tu información, pero desde el año 1993 que llevo en las uvis nunca me han pagado el domingo por los dos conceptos anteriormente referidos y creo que anadie de mi uvijuan wrote:Juvi, entiendo que el domingo hiciste 24 horas, más cuatro noches. Si esto es así, en atención continuada A( nocturnidad) son 5 noches, no cuatro. Con lo cual tendrás que reclamar una noche. Saludos.juvi wrote:Juan no dudo que ati te paguen el domingo por festivo y nocturno, pero a mí no a para poderlo comprobar estos son los conceptos de mí nomina con cinco guardias una de ellas domingo,00) CONCEPTO
001 – SALARIO BASE
006 – PRODUCTIVIDAD FIJA
008 – COMP. ESPECIFICO
015 – COMPLEMENTO DESTINO
017 – PROD.H1A A.M.S.
023 – AT.CONTINUADA A (NOCTURN) (4,00)
025 – AT.CONT B (DOMIN./FESTI) (1TITO wrote:¿Sabe alguien como esta el recurso puesto los los de la OPE 01 contra el proceso de movilidad interna si se puede paralizar? Si se paraliza menudo lio se puede oraganizar. 😉chema wrote:Debería ser con caracter retroactivo. ¡Que tengo tres hijos!quetecuen wrote:El nuevo permiso de paternidad que entró en vigor el día 23 de Marzo y debería de ser para ayudar a la madre allá cada uno.2dias a costa de la empresa y 13 a cargo de la Seguridad Social,publicado como Ley 3/2007 de la igualdad.
http://www.boe.es/boe/dias/2007/03/23/pdfs/A12611-12645.pdf
Y aquí resumido;
http://www.famur.net/Ley%20de%20igualdad.doc
:saludos: Felices embarazos.
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