Inicio › Foro de Summarios › No solo Summa › UME sin dotación completa FALTA MUY GRAVE
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Javier Fuentes.
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- 25/10/2011 a las 10:38 #50532josito wrote:Pues lo dicho más documentación para cuando saquen a una UME sin la dotación completa por orden de quien sea……………….
El ejercicio de la actividad careciendo el vehículo de la dotación de personal exigida en la normativa aplicable.El incumplimiento reiterado de la normativa que establece los niveles mínimos de formación del personal médico y de enfermería, así como del personal conductor y ayudante que preste sus servicios en actividades relacionadas con el transporte sanitario terrestre, siempre que de ello se derive daño grave para la salud de las personas.
Habla de TEM en algún momento o de conductor y ayudante?
Que cada cual saque sus propias conclusiones.
Código de Convenio 2812525.
Tipología CONVENIO COLECTIVO.
Vigencia a partir de 01/01/2008.Enlace convenico colectivo de transporte de enfermos y accidentados de la comunidad de madrid para empresas privadas.
Para personal estatutario se rigue la siguiente normativa y funciones del estatuto marco, y ley 28 de diciembre 2004. Espacialmente interesante en el capitulo 1 articulo 2 faltas graves d y e.
http://www.derecho.com/l/boe/ley-7-2004-medidas-materia-sanitaria/
25/10/2011 a las 10:38 #59734chema wrote:josito wrote:siempre que de ello se derive daño grave para la salud de las personas.Pues eso.
25/10/2011 a las 10:39 #59735josito wrote:chema, no voy a polemizar sino seria falta grave o falta leve, como ir mas personal en las unidades que lo que permite la ficha técnica.He puesto los enlaces completos para leerlos, quien quiera, dónde esta muy claro quien debe ir en una unidad movil, como comprenderas si sacan a una UME sin médico y los Dues no podemos dar un paracetamol, por que desde el CCU no te dan ordenes de poner medicación, creo yo no se……. que causaría un grave daño a la salud de la persona. No es lo mismo ser atendido por un DUE de urgencias de A.P como son nuestras plazas que por un médico con un master o especialista que les permitan trasladar en transporte medicalizado.
A una PCR sin médico no causaria daño grave a la salud de la persona incluso la muerte?, a un ACVA?, politramatismo ( analgesia, liquidos, O2, ) no se que te voy a contar………
Nuestro colegio es claro y tiene el SUMMA112, desde hace tiempo dos cartas del colegio profesional de enfermeria que se abstengan de sacar UMEs sin médico o VIR.
Y nuestro presidente del colegio ha dicho que, no demos medicación de urgencia sin que este firmado previamente, a ver si de una vez por todas nos reconocen la prescripción de enfermeria y su retribución.
Un saludo, respeto tu opinión y bueno supongo que no te importa salir a tí sin DUE a un paciente vital, interesante saberlo…… ORR
25/10/2011 a las 10:39 #59736FranTorrejon wrote:Oscar no me voy a meter en si es opinion personal de unos o de otros, pero pienso yo que eso de no salir (es una opinion mia, ojo) es restar oportunidades al paciente. Porque como dices tu, a una PCR no te deben mandar sin medico… que pasa que los dos tecnicos, (o conductor y ayudante como pone ahi) no pueden ir haciendo una RCP basica instrumental, y tu haciendo tu parte del protocolo de enfermeria??? esta claro que no debeis ser los unicos, pero si podeis ir haciendo algo mas que lo que se haria si no va nadie….25/10/2011 a las 10:40 #59737josito wrote:FranTorrejon, siempre he salido, porque en este tema tenemos opiniones iguales, pero me gusta más que me digan por favor, vete saliendo y cuando podamos te mandamos un médico, que sales por que lo dice tal jefa de guardia y a quien parten la cara eres a los tres……..si es una urgencia no podemos hacer mas que nuestras funciones, Oxigenoterapia, Fluidoterapia, pautar tto no son funciones nuestras y caeriamos en el intrusismo médico, Como le explicas en un V.Púbica o un domicilio, que te voy a contar, que eres enfermero, no eres médico vas en un vehículo que pone UVI MOVIL, y nada tomas constantes y esperas a un médico? o no será mejor cargarlo si tiene vida y llevarlo corriendo a un hospital?. Es que en mi nómina no incluye estos marrones, se que tu me entiendes a que me refiero, verdad? Un saludo.25/10/2011 a las 10:40 #59738FranTorrejon wrote:Si si eso lo entiendo, pero hay cosas que puedes ir haciendo, sobre todo tu como enfermero, que pueden favorecer y mucho a la evolucion definitiva del paciente… y veo que eso lo entiendes igual que yo (por raro que parezca y sin que sirva de precedente 😀 😀 ). Ahora ya hablas tambien de otros riesgos, de que te partan la cara, o de que te veas descubierto frente a las maniobras que necesite el paciente. Antes solamente hablabas de que como es ilegal…. pues que no me saquen. No se… quiza eso que hablas de cargar y correr no sea exactamente asi, pero si acercarlo hacia un trasvase a un recurso mas adecuado… o mirar que se puede hacer en pro de la mejoria del paciente25/10/2011 a las 10:42 #59739josito wrote:FranTorrejon, y si es un fallecimiento? nuestro diagnostico de la NANDA existe, Habrás odio la expresión de signos y sintomas incompatibles con la vida. Si tiene lesiones externas sabes que no se puede mover del lugar. Si sospechas de una intoxicación o envenenamiento tampoco, y asi un largo etc……..Vamos que no tengo por que asumir esa responsabilidad de manera continua y por orden de quien sea, estoy seguro que si se matizará mejor habria aunque sea un UAD como apoyo a la UME sin médico, o si saliese el médico del centro de salud de 200 metros del incidente no se………. Que de manera fortuita te saquen por favor……..ya te digo que por mi parte sin problemas. Que sea como norma general? pues mira no.Solución, pues como la vuestra que siempre he defiendo, que los TEM existan de una vez con categoria C, con sus funciones y responsabilidades, con una formación reglada via módulo superior.
Que los DUEs nos reconozcan como así será según el tratado de Bolonia como una carrera independiente totalmente de la medicina.
Que nos abonen una categoria A, ya que vamos ha asumir más responsabilidades, que nos reconozcan las especialidades de enfermeria, la prescripción de farmacos.
Por último, que tengamos el respaldo legal modificando las leyes que tengan que modificar las ilustres señorias en los parlamentos autonómicos y nacionales, y todo será mas facil para todos los profesionales y para los ciudadanos en sí.
A nivel civil no hay problema tenemos nuestro seguro de responsabilidad civil, a nivel penal quien va al truyo es el profesional y no la administración no lo dudes compañero. ORR.
25/10/2011 a las 10:42 #59740FranTorrejon wrote:No si dudarlo no lo dudo, y esta claro que en los cuatro puntos que abogas como soluciones tienes mas razon que un santo (ya van dos post seguidos en los que te la doy, no me esta gustando esto y algo pasa 😈 ) pero donde esta el quid de la cuestion? aqui, y cito tus palabrasestoy seguro que si se matizará mejor habria aunque sea un UAD como apoyo a la UME sin médico, o si saliese el médico del centro de salud de 200 metros del incidente no se……….
Si la administracion pudiese ir a la carcel, llevariamos años sin gobiernos….
25/10/2011 a las 10:43 #59741Gus wrote:Pero yo creo que la forma de actuar del CCU y en muchos casos sus «modades» son tema aparte. Sabes que no te van a pedir por favor que salgas, te lo van a decir y punto.Ademas que hay mejor que una SVB con DUE, para que vigile al paciente durante el traslado y/o la espera de un SVA.
25/10/2011 a las 10:43 #59742josito wrote:Gus, pues si estoy de acuerdo contigo, más vale algo que nada, pero reconozcamos que no es la misma calidad y eficacia que a la atención médica in situ con apoyo de los demás compañeros.Ya he dicho en otros post que el futuro que veo sera DUE con TEMs, con protocolo puro y duro…….No tardaremos mucho……… ORR.
25/10/2011 a las 10:44 #59743chema wrote:Si estoy de acuerdo contigo, pero a lo que voy es que dificilmente van a condenar al SUMMA por mandar una UVI sin médico, ya que yo creo que si mandan una UVI sin médico es de momento hasta que pueda llegar una con médico o un médico de cualquier lado.25/10/2011 a las 10:44 #59744campe wrote:josito wrote:Pues lo dicho más documentación para cuando saquen a una UME sin la dotación completa por orden de quien sea……………….
El ejercicio de la actividad careciendo el vehículo de la dotación de personal exigida en la normativa aplicable.El incumplimiento reiterado de la normativa que establece los niveles mínimos de formación del personal médico y de enfermería, así como del personal conductor y ayudante que preste sus servicios en actividades relacionadas con el transporte sanitario terrestre, siempre que de ello se derive daño grave para la salud de las personas.
Habla de TEM en algún momento o de conductor y ayudante?
Que cada cual saque sus propias conclusiones.
Código de Convenio 2812525.
Tipología CONVENIO COLECTIVO.
Vigencia a partir de 01/01/2008.Enlace convenico colectivo de transporte de enfermos y accidentados de la comunidad de madrid para empresas privadas.
Para personal estatutario se rigue la siguiente normativa y funciones del estatuto marco, y ley 28 de diciembre 2004. Espacialmente interesante en el capitulo 1 articulo 2 faltas graves d y e.
http://www.derecho.com/l/boe/ley-7-2004-medidas-materia-sanitaria/
Me parece Josito que la norma a la cual debes de acogerte para denunciar que te envian a un aviso sin tu medico es.
Ley de la C.A. de Madrid 7/2004, de 28 de diciembre, de medidas en materia sanitaria que dice en su Art 3 Infracciones muy Graves:
e) El ejercicio de la actividad careciendo el vehículo de la dotación de personal exigida en la normativa aplicable.
25/10/2011 a las 10:45 #59745ramos wrote:Aviso emergente en UAD, la UVI va de camino. No lleva médico pero sí la UAD, luego UVI+UAD = equipo completo. Cuidadín con negarse a salir.25/10/2011 a las 10:45 #59746josito wrote:campe, gracias por eso el colegio profesional de enfermeria esta en su sitio, en lo referente a este campo bien queda recojido lo que es una UME y si puede realizar una salida sin dotación completa, y quien la mueve o da ordenes para moverla, Medico de A.P mas Due de A.P más Ambulancia medicalizada es tambien una UME no?. ORR.25/10/2011 a las 10:46 #59747campe wrote:josito wrote:campe, gracias por eso el colegio profesional de enfermeria esta en su sitio, en lo referente a este campo bien queda recojido lo que es una UME y si puede realizar una salida sin dotación completa, y quien la mueve o da ordenes para moverla, Medico de A.P mas Due de A.P más Ambulancia medicalizada es tambien una UME no?. ORR.Para mi una UME es el vehiculo que cumple con las caracteristicas tecnicas reguladas en Decreto 128/1996, de 29 de agosto, por el que se regulan las características técnico-sanitarias de los vehículos-ambulancia residenciados en la Comunidad de Madrid para el transporte sanitario terrestre y el personal cumple con las ORDENES 1102/2003, de 12 de noviembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se modifican las Órdenes 560/1997 y 559/1997 y Orden 1682/2005, de 14 de noviembre.
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