Nuevo Concurso de empresa de ambulancias adjudicataria de los servicios para Summa 112 2010

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Viendo 15 entradas - de la 91 a la 105 (de un total de 284)
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  • #52717
    Javier Fuentes
    Superadministrador
      marchante wrote:
      Gus, creo que no nos estás entendiendo a los 4 (contados) que nos quejamos por aquí:

      yo no quiero quedarme en el coche leyendo el «Marca» ni tampoco quedarme mirando cómo trabaja el resto del equipo sin ayudar en nada, (para eso me dedicaría a taxista o a manejar un volquete, que seguro ganaba más), lo que quiero es seguir haciendo lo mismo que YA hago siempre, (ayudar en todo lo que puedo) pero cobrando con respecto al trabajo que REALMENTE estoy haciendo a diario, (que NO es sólo conducir).

      para la empresa somos técnicos para lo que les interesa: para que hagas todo eso que, insisto, al menos los que nos movemos por aquí QUEREMOS y nos gusta hacer, pero para pagar el sueldo correspondiente, entonces no somos técnicos: somos conductor y celador.

      #52718
      mayta
      Participante

        Pues ya ves yo que me he enterado…ferrovial es la que mas apostado…supongo que mañana saldra publicado…el mundo es un pañuelo y te enteras de to…..a ver que tal funcionara la empresa esta…..

        #52719
        Javier Fuentes
        Superadministrador
          blanquito112 wrote:
          FranTorrejon wrote:
          Tu tienes el TEM? interpreto que si, y que sabes leer también no? pues ale, dale la vuelta al diplomita y ponte a leer.

          El contenido del curso y la diligencia de haber sido inscrito en un registro.

          De funciones nada. Solo contenido.

          Las funciones están catalogadas dentro de tu categoría profesional (para ver más, art. 22 del ET, y habría que ver la definición en el estatuto marco). En tu contrato con tu categoría se definen las funciones. El título solo marca contenidos y conocimientos adquiridos.

          FranTorrejon wrote:
          En las guardias convocadas por el summa a mi se me ha notificado mediante telegrama en mi domicilio días antes de ser la huelga… y era sabido por todos que los servicios mínimos que hay eran del 100% de los habituales, así que de momento los dos conceptos que tu pones, se han cumplido.

          Trabajo de nuestros queridos sindicatos de impugnar esos servicios mínimos que no es que sean abusivos, son inconstitucionales, ya que violan claramente un derecho fundamental de la Constitución. La Comunidad de Madrid siempre impondrá esos servicios mínimos. Los sindicatos ya tienen tarea que hacer (aunque si no se mojan con nada…)

          FranTorrejon wrote:
          Aquí, ambientados, muchos, profesionales, quizá mas, pero no eres capaz de entender las diferencias entre paralizar las AMBULANCIAS DE TRASLADO (que es lo que se hizo en esas huelgas) o paralizar TODOS los SOPORTES VITAL AVANZADO, porque creo que no es lo mismo, esos días la matización mejoro muchísimo, ya no había tanto aviso de ambulancia-taxi para que las familias no cojan los coches, y los SVA se reservaron para casos que realmente los necesitaron…

          ¿Quién ha hablado aquí de parar todos los SVA? Seamos un poco lógicos, que ni todo es blanco ni todo es negro.

          ¿La UADs son SVA?. ¿Los VIR de la capital y periferia se tratan como SVA?
          Es más, la única consideración sería ser un servicio esencial y que no existiera otro servicio similar que pudiera suplir en parte. En Madrid existe alternativa, SAMUR, inclusos hay zonas de la CAM con alta concentración de UVIs. Pero zonas como Colmenar sería una locura dejarla sin UVI. Luchas pero con lógica, por favor.

          Fran, ¿para ti existe pacientes de primera y de segunda? ¿El que necesite una ambulancia de urgencia es de menor categoría que el que precise una UVI? ¿El que tiene que ser dializado no tiene derecho a un transporte? El dejar las CAM sin ambulancias supuso una gran sobrecarga al Summa y por lo tanto perjuicio a los pacientes, o claro, esos pacientes son menos importantes, ¿no? Cuando hay una huelga de ambulancias, acaba tocando a todo el sistema. Así que no minimices las consecuencias de esa huelga, porque llegaron a ser muy graves.

          FranTorrejon wrote:
            Que te quieres seguir pensando lo de que soy un ambientado porque me gusta hacer mi trabajo?

          No, porque lo de la «ética, responsabilidad y PAS», bajo mi punto de vista, sobra.

          FranTorrejon wrote:
          pero pasa una cosa, que lo que jamas voy a hacer es hacerlo MAL A SABIENDAS, cuando eso aparte de perjudicar al paciente, puede terminar con mi culo en el banquillo de un juzgado (y esto me importa muchísimo mas que todos los pacientes juntos). Hay maneras de hacerlo, y no son las que tu defiendes…

          Hacer las cosas según lo que figura en tu contrato, no es hacer las cosas mal.
          Pero lo que si es posible que lo estemos haciendo mal es ahora, haciendo cosas, que nos recalcan una y otra vez puede ser intrusismo con enfermería. Y hay una cosa que nos lleva ventaja. Ellos tienen una ley que regula sus funciones. Nosotros una orden de una Consejería que solo detalla el contenido de un curso.

          Hasta que no cambie el ordenamiento jurídico Ley VS Orden….. gana Ley.

          Y por último, quizás tu culo en un banquillo (como podría ser el de otro) y un buen abogado, aclararía muchas cosas, y quizás mucho que ganar, más que de perder.

          FranTorrejon wrote:
          para la empresa somos técnicos para lo que les interesa: para que hagas todo eso que, insisto, al menos los que nos movemos por aquí QUEREMOS y nos gusta hacer, pero para pagar el sueldo correspondiente, entonces no somos técnicos: somos conductor y celador.

          Y añadiría una cosa más. No solo remunerar, sino reconocer funciones.

          #52720
          Javier Fuentes
          Superadministrador
            FranTorrejon wrote:

            El título solo marca contenidos y conocimientos adquiridos.

            Conocimientos adquiridos, ahi lo pones… conocimientos que te exigen para desarrollar tu labor en el summa, conocimientos que si no aplicas, pueden traerte por el camino de la amargura

            La UADs son SVA?. ¿Los VIR de la capital y periferia se tratan como SVA?

            Las uads no son SVA, pero tampoco los tecnicos de uad hagamos muchas funciones de tecnico que digamos (salvo contadisimos casos) Los vires, los traten como los traten, siguen siendo SVA (aunque a algunos/muchos de los que matiza se les olvida y lo tratan como UAD + enfermeria)

            porque lo de la «etica, responsabilidad y PAS

            Son las razones por las cuales me gusta hacer mi trabajo lo mejor posible, si quieres te pongo porque me sale de las mismisimas, pero queda peor…

            que nos recalcan una y otra vez puede ser intrusismo con enfermería.

            No todo, desde luego las glucemias y las tensiones si esta claro que es su funcion, pero el resto de cosas no (si no en los hospitales las harian ellos, y aun no les he visto hacerlo)

            por último, quizas tu culo en un banquillo (como podría ser el de otro) y un buen abogado, aclararía muchas cosas, y quizás mucho que ganar, más que de perder.

            Ya, pero como comprenderas, no me gustaria ser el martir de la gente, que una cosa es que me comprometa como el que mas en la lucha por el reconocimiento de nuestra categoria y nuestras funciones, y otra ser la cara visible y el que termina o puede terminar jodido por todos los laos. Porque el buen abogado ten por seguro que me lo iba a tener que costear yo de mi bolsillo, y no esta el horno para bollos, como el del 90% de los españoles (claro que si nos pagasen pluses mileuristas por navidad… 😈  😈  😈  😈  😈  😈  😉 )

            #52721
            Javier Fuentes
            Superadministrador
              Mariete112 wrote:
              blanquito112, dos matizaciones de buen rollo.

              1.- Sigo leyendo en el link de la pagina del colegio profesional de enfermeria Tribunal supremo de Madrid. Recurso número: Casación7113/2007.

              Sigo leyendo sentencia en mano tribunal supremo de la comunidad valenciana ya referido anteriormente.

              Jurisprudencia por letrados sólo hay una jurisprudencia, eso de menor y mayor no existe según expertos en la materia y demostrado queda que tú no eres letrado.

              2.-La norma y ley actual es el estatuto marco, ley 55/2003. No existe la figura de TEM y por supuesto sus funciones, norma superior de cualquier acuerdo sindical o acuerdo SUMMA112 con sus trabajadores. No existe el TEM en el personal estatutario.

              Otra ley LOPS  01/12/2003 regula los aspectos básicos de las profesiones sanitarias tituladas en lo que se refiere a su ejercicio profesional por cuenta propia o ajena, entre otras cosas, No existe la figura del TEM, ni siquiera es personal sanitario y no tiene acceso a la historia clínica del paciente ni  que este mismo le cuente sus problemas sanitarios. ( Ley básica nacional sobre derechos y obligaciones del paciente en materia de información. Historia clínica). Ley 41/2002.

              En fin que no me invento nada, ni doy mi opinion al respecto, sólo informo pongo donde encontrar las sentencias. ¿ O no sabes interpretar lo que lees que no me lo creo? o ¿ No admites las sentecias firmes de la justica?. Mi opinión al respeto es esta última.

              Si nos pasa lo mismo con la prescripción de enfermeria, que estamos luchando por ella con el impedimento de los colegios profesionales de médicos de España.

              Pero en fin, no podemos dar paracetamol y no lo damos, y quién lo haga eso se llama intrusismo profesional en España, En Europa las Dues prescriben casi cualquier tipo de farmaco bajo su responsabilidad y conocimientos. Spain is different…..

              Espero y deseo que todo esto cambie y cambiará ya lo verás, y dentro de poco TEM regulaos formaos, reconocidos profesionalmente, sanitarios, bien pagaos, y Dues medicando y haciendo la calle como una especie de paramedic como en EE.UU, Israel, Gran Bretaña y un largo etc…. Si no el tiempo nos dará la razón, y los médicos en hospitales y centros de salud. Sobre este tema no volveré a comentar nada más, no quiero crear mal rollo en ningún momento tan solo mi voluntad es informar.:saludos:

              #52722
              Javier Fuentes
              Superadministrador
                jlp wrote:
                Hay un BOCM que no recuerdo pero que prometo buscar mañana, que regula las funciones de los Auxiliares en Transporte Sanitario, que es la categoría que ostentan los técnicos del SERCAM. Yo creo que de momento es en lo que se deben basar los tem, pues es lo único que hay publicado.
                Prometo buscarlo mañana, que no son horas.

                Lo publicaré en otro tema, mientras, intentemos retomar el hilo original por favor, Empresa adjudicataria de servicios en el SUMMA 112.

                Un saludo. :saludos:

                #52723
                Javier Fuentes
                Superadministrador
                  FranTorrejon wrote:

                  Sigo leyendo sentencia en mano tribunal supremo de la comunidad valenciana ya referido anteriormente.

                  Jurisprudencia por letrados sólo hay una jurisprudencia, eso de menor y mayor no existe según expertos en la materia y demostrado queda que tú no eres letrado.

                  Y otro palito a la burra… has leido los mensajes que te hemos dedicado blanquito y yo anteriormente?? que no existe el tribunal supremo de la comunidad valenciana, que blanquito no sera letrado, ni yo, pero que tu, tampoco, y si lo eres y estoy equivocado, date un repasito a los tribunales españoles, porque andas un poco pez…

                  #52724
                  Javier Fuentes
                  Superadministrador
                    Gus wrote:
                    Yo ya paso, es como hablar con un muro, no hay mayor sordo que el que no quiere oir.
                    #52725
                    Javier Fuentes
                    Superadministrador
                      blanquito112 wrote:
                      Mariete112 wrote:
                      blanquito112, dos matizaciones de buen rollo.

                      1.- Sigo leyendo en el link de la pagina del colegio profesional de enfermeria Tribunal supremo de Madrid. Recurso número: Casación7113/2007.

                      Sigo leyendo sentencia en mano tribunal supremo de la comunidad valenciana ya referido anteriormente.

                      Jurisprudencia por letrados sólo hay una jurisprudencia, eso de menor y mayor no existe según expertos en la materia y demostrado queda que tú no eres letrado.

                      Que el mal rollo te lo montas tu.
                      Tan solo es una aclaración de como más o menos funciona. Podría soltarte una chapa sobre el estudio de la jurisprudencia en España…….pero aburriria a la gente más de lo necesario. Asi que mira, la perra gorda para ti. Libros escritos por catedráticos como de De la Cruz, Sempere y Albadelejo y el propio Código Civil, la Ley de Enjuiciamiento Civil y un largo etcetera, lo podemos tirar a la basura, ya que el Colegio de Enfermería esta por encima de todo y tu información esta por encima de todo  😉

                      Por lo demás que dices, es cierto. El TEM no esta reconocido, y eso lo digo una y otra vez. Por eso se hace necesario que el colectivo de técnicos comience a realizar medidas de presión para que se cambie determinados aspectos de la ley, como la inclusión de la categoría dentro del Estauto Marco. CLARO QUE SI.

                      Pero con actitudes como la de Fran (lo siento no comparto tu punto de vista porque con la huega de ambulancias perjudicasteis a mucha gente en un momento puntual.), poco podemos hacer, por la gran sumisión de la que hace gala este colectivo.

                      JLP, la ley que te refieres es la ley 4/2000 en la que se incluye el Auxiliar de Transporte Sanitario dentro del Grupo D, en el cuerpo de Auxiliares Especialistas.
                      Aquí se detalla sus funciones que son:
                      «on funciones de la Escala Auxiliar de Transporte Sanitario del Cuerpo de Auxiliares Especialistas, la conducción de vehículos para el transporte sanitario de víctimas en situaciones de urgencias y emergencias, colaborando, siguiendo las instrucciones del personal facultativo, en la recuperación y asistencia de los pacientes, así como en su traslado urgente a los Centros Sanitarios correspondientes, responsabilizándose del mantenimiento y conservación del vehículo y en general, de todas aquellas actividades necesarias para la correcta actuación de la Unidad de Transporte Sanitario.»

                      Y ESO ES LEY.
                      Pero el 90% de los «técnicos» en el Summa, son estatutarios, y son celadores y conductores no teniendo reconocidas estas funciones. Más claro, agua.

                      #52726
                      Javier Fuentes
                      Superadministrador
                        FranTorrejon wrote:
                        Ni ciego que el que no quiere leer… 😉
                        #52727
                        MRS
                        Participante

                          Todavia no hay nada al 100% asegurado, Ferrovial ha conseguido el 100% de los puntos posibles, y ha sido la empresa que ha pujado por menos dinero… para ser exactos 75.500.000€, 5 millones menos de lo ofrecido… ahora hay 3 dias hasta el nombramiento oficial, que casi con toda seguridad seran ellos mismos.

                          #52728
                          Javier Fuentes
                          Superadministrador
                            marchante wrote:
                            ya lo he puesto en otro post, pero insisto:
                            el día que se reconozca «legalmente» nuestro trabajo seguiremos haciendo exactamente lo mismo que YA hacemos todos los días!

                            y decir que es intrusismo tomar una glucemia (que se la toma el propio paciente si quiere) o una tensión (que la mayoría de los enfermeros
                            no la toman manual y usan el del monitor) pues en fin…que vale… que es intrusismo…  🙄

                            #52729
                            Javier Fuentes
                            Superadministrador
                              FranTorrejon wrote:

                              lo siento no comparto tu punto de vista porque con la huega de ambulancias perjudicasteis a mucha gente en un momento puntual

                              Pacientes no urgentes, que se podian ir por sus medios, o que no necesitaban nisiquiera esa ambulancia, asique lo que perjudicamos fue su comodidad, no su salud

                              #52730
                              mayta
                              Participante

                                😀 dalo por echo que ferrovial es la adjudicataria…….

                                #52731
                                Javier Fuentes
                                Superadministrador
                                  blanquito112 wrote:
                                  marchante wrote:
                                  ya lo he puesto en otro post, pero insisto:
                                  el día que se reconozca «legalmente» nuestro trabajo seguiremos haciendo exactamente lo mismo que YA hacemos todos los días

                                  Pero respaldado legalmente y sin la Espada de Damocles encima de nuestras cabezas.
                                  Mientras, deberiamos hacer lo que nos dice nuestro contrato.

                                  Frantorrejon wrote:
                                  Pacientes no urgentes, que se podian ir por sus medios, o que no necesitaban nisiquiera esa ambulancia, asique lo que perjudicamos fue su comodidad, no su salud

                                  Fran. Sabes que eso no es cierto. Se pararón todas las ambulancias, incluidas las que estaban concertadas con el 061 y que hacían servicio urgente (aunque en el nombre dijeran que no eran urgentes).
                                  Que el Summa tuvo sobrecarga de trabajo esos días.
                                  Joder, tio, no niegues lo que tu viviste. No niegues algo que todo el mundo vio y gran parte vivierón.
                                  En el momento que parasteis, influyo a todo el servicio de urgencias, Y LO SABES.

                                  Me sorprende una vez más, que trates de poner puertas al campo.

                                Viendo 15 entradas - de la 91 a la 105 (de un total de 284)
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