Inicio Foro de Summarios No solo Summa Luz azul en vehículos prioritarios en tranmite de ley!!!!!!!

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  • #53262
    Javier Fuentes
    Superadministrador
      RESCATE_75 wrote:
      MEGAHOMER yo creo que lo de los seis meses son el margen que dan para cumplir la norma, no a partir de cuando hay que aplicarla.
      #53263
      Javier Fuentes
      Superadministrador
        MEGAHOMER wrote:

        MEGAHOMER yo creo que lo de los seis meses son el margen que dan para cumplir la norma, no a partir de cuando hay que aplicarla.

        Leete el ultimo parrafo del escrito

        #53264
        Javier Fuentes
        Superadministrador
          SALOMON wrote:
          Ojito con las tulipas en color azul…..
          Os habeias dado cuenta que con el sol no se aprecian bien???
          Por ese motivo la guardia civil ha colocado algún destello  en rojo.
          #53265
          zonacero112
          Participante

            SALOMON wrote:
            Ojito con las tulipas en color azul…..
            Os habeias dado cuenta que con el sol no se aprecian bien???
            Por ese motivo la guardia civil ha colocado algún destello  en rojo.

            Sin querer entrar en controversia contigo, los destellantes en color rojo de los cuerpos de fuerza y seguridad del estado significan detención; los utilizan o deberian utilizar para hacwer señales de detención a algún vehiculo., siempre han estado ahí, no es una novedad.

            En cuanto a los vehiculos de los agentes forestales, en principio se les multaba pero ganarón un contencioso que les creó tendencia, en el que se les consideraba policias forestales con algunas labores compartidas como la seguridad y la regulación en su ambito de trabajo. De ahí que al final pudieran llevar rotativos azules y lños lleven. Si encuentro entre mis archivos dicho juicio lo cuelgo, que lo vi hace ya 2 años.

            #53266
            Javier Fuentes
            Superadministrador
              RESCATE_75 wrote:
              yo voto por unas rositas je je je
              #53267
              Javier Fuentes
              Superadministrador
                FranTorrejon wrote:
                No se SALOMON, la verdad que viendo los rotativos de leds de altan intensidad que lleva ahora la policia local y tambien el CNP, eso se ve de dia, de noche, con niebla, y hasta con los ojos tapados si me apuras jejejeje. Los de GC ya dejan mas que desear, pero es que a ellos no les compran material tan bueno por desgracia para ellos…
                #53268
                Javier Fuentes
                Superadministrador
                  deicide wrote:
                  La guardia civil de trafico, siempre a tenido el mejor puente de vama, y eligen ese modelo por su gran potencia, luminica, aunque en las de pueblos, estan empezando a meter los led, los de trafico, tambien en las motos y las rafagas rojas de detencion de vehiculos, no se si en los nuevos vehiculos los pondran de led todos sus dispositivos.
                  Es una incognita.
                  #53269
                  Javier Fuentes
                  Superadministrador
                    RESCATE_75 wrote:
                    el de la policia municipal se ve fenomenal incluso de dia. leds alta intensidad
                    #53270
                    Javier Fuentes
                    Superadministrador
                      RESCATE_75 wrote:
                      la de madrid me refiero
                      #53271
                      Javier Fuentes
                      Superadministrador
                        FranTorrejon wrote:
                        Es la misma que la de los coches de BESCAM y los del CNP Rescate_75, lo que pasa que como los de madrid fueron los pioneros…

                        Antiguamente es cierto que como el puente de lanza destellos con estrobos que llevaba la guardia civil, no habia nada, pero…. se han quedao anticuaos (las motos ya es otra cosa…)

                        #53272
                        Javier Fuentes
                        Superadministrador
                          RESCATE_75 wrote:
                          es verdad fran el cnp ya los lleva y las bescam tambien
                          #53273
                          Javier Fuentes
                          Superadministrador
                            quetecuen wrote:
                            Esto es lo que dice concretamente:

                                            “ V-1 VEHÍCULO PRIORITARIO»

                            1. La utilización de la señal V-1 en un vehículo indica la prestación de un
                            servicio de policía, extinción de incendios, protección civil y salvamento, o
                            de asistencia sanitaria, en servicio urgente. La señal V-1 podrá utilizarse
                            simultáneamente con el aparato emisor de señales acústicas especiales.

                            2. La utilización de la señal V-1 no requerirá autorización administrativa
                            alguna, ya se encuentre instalado como elemento supletorio adicional o
                            como elemento constructivo.

                            3. La señal luminosa de vehículo prioritario V-1 estará constituida por un
                            dispositivo luminoso, con una o varias luces, de color azul, homologadas
                            conforme al Reglamento ECE número 65. Este dispositivo se instalará en la
                            parte delantera del plano superior del vehículo, por encima de la luz más
                            alta, y en las motocicletas irá situada en la parte trasera, sobre un cabezal
                            telescópico que permita elevarlo por encima de la parte más alta de ésta.
                            En ningún caso afectará a la visibilidad del conductor, y deberá ser visible
                            en todas las direcciones a una distancia mínima de 50 metros.

                            Y dice que la ambulancia que ya esté matriculada a fecha de la ley tendrá 5 años para cambiar lo suyo:

                            Disposición transitoria única. Vehículos matriculados con anterioridad a la
                            entrada en vigor de esta Orden.
                            1. Los titulares de los vehículos matriculados con anterioridad a la entrada
                            en vigor de esta orden que estén obligados a utilizar la señal V-1 ”Vehículo
                            prioritario”, deberán cambiar los dispositivos luminosos que ya tengan instalados
                            por los previstos en la presente orden en el plazo de cinco años desde su entrada
                            en vigor.

                            #53274
                            Javier Fuentes
                            Superadministrador
                              pma-112 wrote:
                              Hola

                              Para todos pero especialmente para los socios de APTE

                              Quereis que la asociacion envien una carta a la Direccion General de Trafico, y en este caso a su director general, para hacer mas fuerza, a ver si entre todos le animamos a que publique lo antes posible el cambio en el BOE

                              Espero vuestros comentarios.

                              Un saludo

                              #53275
                              Javier Fuentes
                              Superadministrador
                                FOSC wrote:
                                una pregunta tonta:

                                En el apartado 2 dice «La utilización de la señal V-1 no requerirá autorización administrativa
                                alguna, ya se encuentre instalado como elemento supletorio adicional o
                                como elemento constructivo. «

                                Entiendo que ¿cualquiera que acredite realizar un servicio de caracter urgente dentro de las competencias de los servicios mencionados podrá usar rotativos y sirenas?

                                Si es así… y si no lo restringen un poco más  creo que podríamos tener un aluvión de lucecitas azules y sirenas saliendo de coches particulares, ¿no creeis?.

                                Hay mucho rambo por ahí que con un carnet en la boca de cualquier institución se va a creer con derecho a poner prioritarios.

                                Un saludo

                                #53276
                                Javier Fuentes
                                Superadministrador
                                  MANU wrote:
                                  Hola, Por si alguien le puede interesar en el borrador hablan de LUCES ROJAS exclusivamente para policia,
                                  «

                                  V-1 VEHÍCULO PRIORITARIO

                                  1. La utilización de la señal V-1 en un vehículo indica la prestación de un servicio de policía, extinción de incendios, protección civil y salvamento, o de asistencia sanitaria, en servicio urgente. La señal V-1 podrá utilizarse simultáneamente con el aparato emisor de señales acústicas especiales.

                                  2. La utilización de la señal V-1 no requerirá autorización administrativa alguna, ya se encuentre instalado como elemento supletorio adicional o como elemento constructivo.

                                  3. La señal luminosa de vehículo prioritario V-1 estará constituida por un dispositivo luminoso, con una o varias luces, de color azul, homologadas conforme al Reglamento ECE número 65. Este dispositivo se instalará en la parte delantera del plano superior del vehículo, por encima de la luz más
                                  alta, y en las motocicletas irá situada en la parte trasera, sobre un cabezal telescópico que permita elevarlo por encima de la parte más alta de ésta.
                                  En ningún caso afectará a la visibilidad del conductor, y deberá ser visible en todas las direcciones a una distancia mínima de 50 metros.

                                  4. Queda prohibido el montaje y la utilización de la señal V-1 en vehículos que no sean prioritarios, por no prestar los servicios que se indican en el apartado 1.

                                  El apartado relativo a la señal V-2 Vehículos para obras o servicios, tractores agrícolas, maquinaria agrícola automotriz, demás vehículos especiales, transportes especiales y columnas militares” queda redactado del siguiente modo:

                                  V-2 VEHÍCULO- OBSTÁCULO EN LA VÍA

                                  1. La utilización de la señal V-2 en un vehículo indica la posición en la vía o en sus inmediaciones de un vehículo que desempeña un servicio, actividad u operación de trabajo, en situación de parada o estacionamiento, o a una velocidad que no supere los 40 kilómetros por hora. Tendrán obligación de utilizar esta señal todos los vehículos que habitualmente desarrollen en la vía las acciones indicadas anteriormente. Igualmente tendrán obligación de utilizar esta señal los vehículos que efectúen transportes especiales y sus vehículos piloto o de acompañamiento, en los términos indicados en la autorización especial de circulación. Podrá utilizar esta señal todo vehículo que, por causa de avería o accidente, se encuentre en alguno de los supuestos previstos en el párrafo primero.

                                  2. La utilización de la señal V-2 no requerirá autorización administrativa alguna, ya se encuentre instalado como elemento supletorio adicional o como elemento constructivo.

                                  3. La señal luminosa V-2 estará constituida por un dispositivo luminoso, con una o varias luces, de color amarillo auto, homologadas conforme al
                                  Reglamento ECE número 65. Deberá ser visible en todas las direcciones, desde una distancia de 100 metros. La señal V-2 no podrá agruparse, combinarse ni incorporarse a otra luz.

                                  El apartado relativo a la señal V-3 “Vehículo de policía”, queda redactado del siguiente modo:

                                  V-3 VEHÍCULO DE POLICÍA

                                  1. La utilización de la señal V-3 en un vehículo indica la prestación de un servicio de policía en servicio urgente. La señal V-3, que será voluntaria, podrá utilizarse simultáneamente con la señal V-1 y con el aparato emisor de señales acústicas especiales.

                                  2. La utilización de la señal V-3 no requerirá autorización administrativa alguna, ya se encuentre instalada como elemento supletorio adicional o como  elemento constructivo.

                                  3. La señal luminosa vehículo de policía V-3 estará constituida por un dispositivo luminoso, con una o varias luces, de color rojo, cuyos valores fotométricos serán coincidentes con los previstos para el color azul en el Reglamento ECE número 65. Este dispositivo se instalará en la parte trasera del plano superior del vehículo, por encima de la luz más alta, y en las motocicletas irá situada sobre un cabezal telescópico que permita elevarlo por encima de la parte más alta. En ningún caso afectará a la visibilidad del conductor, y deberá ser visible en todas las direcciones a una distancia mínima de 50 metros.

                                  Por si alguien le puede interesar en el borrador hablan de LUCES ROJAS exclusivamente para policia,
                                  «

                                Viendo 15 entradas - de la 46 a la 60 (de un total de 216)
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