Inicio Foro de Summarios General Estatutarios vs Funcionarios y nueva ley

  • Este debate tiene 6 respuestas, 3 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 17 años, 7 meses por acer.
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  • #50893
    sireno
    Participante

      Hola

      Por su importancia para todos y por ser un tema mas que de actualidad, desgrano unos post de otro tema y abro este que creo que se lo merece por si solo.

      Salu2 :saludos:

      #67639
      sireno
      Participante
        euro_s wrote:
        Estatutario,trabaja segun estatutos de ley

        positiva

        Funcionario,ejerce Funciones en Sistema publico.

        Explicar Ventajas y desventajas de cada uno

        pues muchos no las sabemos. 🙄

        #67640
        sireno
        Participante
          crlsgamboa wrote:
          Algunas ventajas del funcionario:

          – Puede optar a oposiciones de un grupo superior a través de promocion interna, lo que implica menor número de rivales, que se les califique antes que a los de turno libre….

          -Puede hacer permutas con funcionarios de otras administraciones del mismo nivel y categoría.

          -Puede optar a puestos que se obtienen por libre designación ( a dedo) y por concurso de méritos.

          -Alta fiabilidad ante entidades bancarias y financieras.

          y habrá más que no recuerdo y que desconozco.

          Desventajas:

          -Habitualmente, el salario es menor que en la empresa privada. Pero me temo que no es el caso.

          Que alguien se anime a completar las listas.

          #67641
          sireno
          Participante

            Hola

            Si, a ver si Ptah, que debe andar de vacaciones o cualquier otro que este informado nos pone esto en claro de una vez por todas, y ya de paso nos aclara la nueva ley y en que nos afecta o afectara o podria afectarnos a nosotros.

            Cada cierto tiempo recopilaremos la informacion de todos los post y la actualizaremos en el primero para tener todo junto y claro para todos.

            Salu2 :saludos:

            #67642
            scorant
            Participante

              Parece ser que la comundad quiere que todo el personal sea estatutario.

              Os pongo el link a la noticia de El Médico Interactivo

              http://www.elmedicointeractivo.com/noticias_ext.php?idreg=12400

              Según informa la Administración, el acuerdo ha sido suscrito por todos los sindicatos (CEMSATSE, CCOO, UGT, SAE, CSI-CSIF), salvo CIST-UP que ha solicitado un plazo de 24 horas para pronunciarse al respecto

              #67643
              kiko

                A veces la respuesta es sencilla:

                La administración quiere estatutarios…. adivina que es mejor para ella y peor para los trabajadores….

                (un funcionario, que tiene plazas también de estatutario y de laboral)

                #67644
                acer

                  Mas de Estatutarios

                  El pasado 13 de abril de 2007 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, dicha norma, tan solo por su título ya nos indica la relevancia que tiene, sin embargo es paradójico que a diferencia de otras normas recientes, como la Ley 20/2007, de 11 de julio, del estatuto del trabajo autónomo o la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de sociedades profesionales, el impacto mediático haya sido prácticamente nulo, incluso en los círculos de la prensa especializada.

                  Sin embargo, no podemos olvidar que dicha norma ha venido a derogar gran número de artículos de una ya vetusta norma como era la Ley de Funcionarios Civiles del Estado del año 1964, y que también deroga parcialmente la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública del año 1984, con lo cual se puede atisbar el impacto de la norma teniendo en cuenta los más de dos millones y medio de funcionarios que se ven afectados por la norma.

                  Además, esta norma también es de aplicación directa, que no supletoria, al personal sanitario de los servicios de salud, puesto que si bien es cierto que dicho personal encuentra su regulación específica en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, no es menos cierto que en la exposición de motivos de la Ley 7/2007 se indica la vocación universal de la norma y su aplicación a los sectores generales o específicos; en su artículo 2.3 se dice expresamente que el personal estatutario de los Servicios de Salud se regirá por la legislación específica dictada por el Estado y por las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus respectivas competencias y por lo previsto en el presente Estatuto, con las excepciones que se relacionan, y en el artículo 2.4 se dice que cada vez que se haga mención a los funcionarios de carrera se entenderá comprendido el personal estatutario de los Servicios de Salud.

                  Pues bien, precisamente la importancia de dicha norma particularmente para el personal estatutario de los servicios de salud se hace patente por ejemplo en ese artículo 2.4 puesto que el hecho de establecer que son personal funcionario de carrera y no solamente funcionarios públicos tiene importantes repercusiones, como el acceso al Recurso de Casación ante el Tribunal Supremo en los pleitos que se inicien, ya que hasta ahora les quedaba vetado al personal estatutario por interpretación de nuestro Alto Tribunal (el Tribunal Supremo interpretó por Auto de 28 de febrero de 2000 que no eran funcionarios de carrera sino solo funcionarios públicos).

                  Por otro lado en nada obsta que no se le aplique al personal Estatutario la carrera profesional, las retribuciones complementarias o la movilidad voluntaria definidas en la Ley 7/2007, puesto que todos estos aspectos vienen ya regulados en su propia legislación sectorial adaptada a sus especialidades características.

                  Por tanto, y evidenciada la importancia de dicha norma, cabría preguntarse a qué se debe su poca repercusión, particularmente en el sector sanitario, y quizás podamos achacar dicha circunstancia al desconocimiento del alcance de la norma al personal estatutario, ya que con anterioridad la legislación de funcionarios se les aplicaba tan solo de manera supletoria, sin embargo debe hacerse hincapié en su aplicación directa, lo cual exigirá a todos los juristas especializados mirar más allá del Estatuto Marco a la hora de defender y asesorar al personal Estatutario de lo servicios de salud. :si: :si:

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