Inicio › Foro de Summarios › No solo Summa › Denuncian el despido de 140 conductores de ambulancias cuando las nuevas adjudic
- Este debate tiene 111 respuestas, 22 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 13 años, 5 meses por navarro.
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- 17/07/2011 a las 15:10 #57448
bueno no viene muxo a cuento despues de la calse e derecho que nos han dado pero bueno os voy a comentar un poquito la estrategia que queria llevar a cabo la empresa adjudicataria , yo no voy a decir ni que sea ni buena ni mala no he trabajdo alli os digo los movimientos que los jefes de esta empresa han llevado a cabo desde el 5 junio para que todo el mundo se ponga en situacion : en esta empresa el sindiato mayoritario es la cgt pues bien santa sofia ha dia de hoy no a dado ninguna solucion cosa que si hice a ugt y unos 30 de los 140 firmaron un contrato nuevo con la palabra del gerente de santa sofia que si los 110 restantes ganaban les devolvia la antiguedad en mi opinion es una cosa que dudo pero es mi opinion , como ya he dicho yo trabaja en translife pero ya no pero mi hermano se encuentra entre los 110 y me gustaria que todos los de este foro nos pongamos en situacion para opininar con objetividad simplemente , este señor ha dia de hoy sigue llamando a todos los compañeros ofreciendoles que renunciaen su antiguedad para trabajar en su empresa y asi pues ahorrarse muxas cosas yo creo
PD:Segun mi hermano la estrategia de santa sofia es que los 110 se ahogaran por que no tenian derecho a paro y le fueran suplicando de rodillas , si es asi , pra mi como empresario no merece muxo la pena la verdad , a dia de hoy mi hermano esta cobrando una prestacion cotributiva devolutiva por santa sofia y me consta que los 110 lo estan cobrando y gracias a eso pueden aguantar hasta el juicio si no el señor este se hubiera salido con la suya . Tambien os digo no olvidemos a translife que es la causante de todoy bueno despues de tal parrafada os dejo solo queria que supieras que santa sofia no se ha quedado kieta ¿a ke tiene miedo?
17/07/2011 a las 21:34 #57449:saludos: :saludos: :saludos:
Yo os cuento la estrategia que utiliza con los de Iberia; Cambiamos el turno, pasamos de guardias de veinticuatro horas a turnos de ocho y a los de media jornada a cuatro, es decir de venir siete días al mes (o tres y medio los de media jornada) pasamos a ir a trabajar 19 días así se ahorra las dietas, no contento con ese ahorro pretende ahorrarse la nocturnidad y la paga de beneficios, todo seguiría igual, es decir a turnos de veinticuatro horas si se firman contratos nuevos y se pierde antigüedad. En definitiva si los técnicos acceden a que su sueldo se rebaje un 15-20 por ciento seguimos como estábamos. Y UNA MIERDA.
Por cierto esta táctica ya la han practicado con otros trabajadores de otras subcontratas en las cuales han ganado el concurso.
La táctica es parecida en todos los casos intentar ahogar al currito de una o de otra manera y tener como me dijo uno de los directivos de Santa Sofía: «culitos limpios» para poder manejarlos a su antojo.:saludos: :saludos: :saludos:
17/07/2011 a las 22:47 #57450De todas formas lo pone claro en el convenio no?
La empresa cesante deberá facilitar a la nueva adjudicataria los siguientes documentos:
Copia de documentos debidamente diligenciados por cada trabajador afectado, en los que se haga constar que este ha recibido de la empresa cesante su liquidación de partes proporcionales, no quedando pendiente cantidad alguna. Estos documentos deberán estar en poder de la nueva adjudicataria de forma fehaciente, en el plazo de quince días hábiles, contados desde que la empresa adjudicataria se lo requiera fehacientemente a la empresa cesionaria, o desde el momento que se emitan o se debieran haber emitido.
Que hace Santa Sofia mal?
Que no te enteras majo, Santa Sofia lo que hace mal es NO SUBROGARLES, independientemente de las deudas que tenga pendiente Translife con los trabajadores, eso, ya se veria en última instancia, ante el juzgado, pero su OBLIGACIÓN SI O SI es subrogarles porque Santa Sofia, SI TIENE esta documentación, otra cosa que se discute aqui, es que como debe dinero Translife… pues muy bien, lo debe Translife, y que?
Y un ultimo punto conoces cláusula de descuelgue. Porque como bien dices hay que leerse todo bien.
Pero con conocimiento.
¿estas mezclando churras con merinas? ¿Que tiene que ver la clausula de descuelgue del convenio colectivo de ambulancias de Madrid con una subrogación?
En todo caso seria ver si Translife se acogiere a esa cláusula, pero esto es otro tema que no tiene NADA QUE VER con la subrogacion de los trabajadores que ahora estan en el LIMBO…a parte de leerse bien todo, hay que saber interpretar, pero eso lo dejo a los mas expertos en derecho procesal….
Saludos
A ver majo que el que no te enteras eres tú. Ya sé que ha Santa Sofía lo que se reclama es la no subrogación.
Y te vuelvo a repetir de otra forma a ver si lo entiendes…
Copia de documentos debidamente diligenciados por cada trabajador afectado, en los que se haga constar que este ha recibido de la empresa cesante su liquidación de partes proporcionales, no quedando pendiente cantidad alguna. Estos documentos deberán estar en poder de la nueva adjudicataria de forma fehaciente, en el plazo de quince días hábiles, contados desde que la empresa adjudicataria se lo requiera fehacientemente a la empresa cesionaria, o desde el momento que se emitan o se debieran haber emitido.
Y ya que estamos Fotocopia compulsada de los TC-1 y TC-2 de cotización a la Seguridad Social de los siete últimos meses, o los correspondientes documentos o soportes que legalmente lo sustituyan.
Si no cumple la empresa cesante que es lo que pone en el convenio por ahí es por donde va Santa Sofía y ahora me dirás que Translife tiene pagada la SS…
Buenas noches…
18/07/2011 a las 6:31 #57451Si no cumple la empresa cesante que es lo que pone en el convenio por ahí es por donde va Santa Sofía y ahora me dirás que Translife tiene pagada la SS…
Buenas noches…
No, no te lo voy a decir Reky porque si hubieras leido al resto de foreros que escriben sabrias si los ha pagado, o los ha fraccionado, o que…
Asi que para ti la perra gorda majo, porque si no sabes de que va y crees que lo sabes… 8) pues nada, aqui ya hemos expuesto cosas objetivas para que los compañeros afectados puedan ver lo que hay.
:saludos:
P.D. Por cierto, todavia no nos has dicho que tiene que ver el articulo 11. Cláusula de descuelgue, con la subrogación…
18/07/2011 a las 10:06 #57452buenos dias ahora mismo tengo en la mesa el convenio coectivo , el et y un libro de derecho y por lo que e he podido leer parece ser que santa sofia inclumple el articulo 9.1 del convenio colectivo y a su vez el articulo 44 del estatuto .reky como ya he dixo en mil ocasiones santa sofia jamas hubiera tenido que haber pagado los seguros sociales ademas tu lo dices bien claro , un documento legal que sustituya a lo que no a pagado ese documento existe por que para hacer un aplazamiento debe ser consentido y por supuesto lo tiene santa sofia , en cuanto al finiquito segun las leyes puede ser desde 1 euro hasta un millon de euros si kieres la cuestion es que lo haya que translife lo haya disfrazado todo puede ser , solo depende de kien te defienda mejor , o de kien sea mejor abogado , pero me da mi y aunke cueste creerlo translife no ha inclmpido nada por ke la empresa cesante dara la carta de subrogacion siempre y cuando haya finikito ( o no es asi ) . Bueno ahora vamos con la deuda de los trabajadores que hay si ke las leyes son mas claras todavia santa sofia se debe hacer cargo de la deuda siempre y cuando translife se de insolvente cosa ke no puede por ke tiene un proceso judicial abierto con los trabajdores queno han sido subrogados en noviembre o por ahi y a su vez translife tiene denunciado al summa con la cosecuencia de no poder dejar su actividad con la comunidad de madrid por lo menos judicialmente .
es decir santa sofia a dia de hoy solo debe pagar salarios de tramitacion , cotizacion a la seguridad pero desde el 5 de junio y a lo mejor y lo mas seguro daños y perguicios causado esto ya no es mi opinion es lo ke dicen los libros20/07/2011 a las 14:12 #57453Reky, y el artículo 44 del ET sobre la «cesión de empresa», te la saltas, ¿no?
Es decir, la prevalencia de unas normas sobre otra, o como se suele llamar, jerarquía normativa, para este caso no existe, ¿verdad?
Te aclaro (y creo que va la segunda). Estatuto de los Trabajadores, por encima de los Reglamentos y de los Convenios Colectivos, y no pudiendo existir contradición, y en el caso que exista duda, será lo más favorable para el trabajador (principio del derecho laboral).Saludos.
25/08/2011 a las 15:39 #57454nosotros seguiremos la lucha y la ganaremos
http://img585.imageshack.us/img585/5872/summa8012010.jpg
https://fbcdn-profile-a.akamaihd.net/hprofile-ak-ash2/187766_120362704715739_7599894_n.jpguN saludo fraternal
Editado por Admin: para poner imágenes usa el icono de las imágenes que es el de al lado de las url
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