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ramos.
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- 10/09/2010 a las 17:55 #49920Etiam wrote::saludos: ¿donde puede conseguir el convenio colectivo del summa??gracias10/09/2010 a las 17:55 #53465Roza wrote:Los estatutarios no nos regimos por un convenio colectivo, los funcionarios y laborales si que es el de la comunidad de Madrid10/09/2010 a las 17:56 #53466Etiam wrote:gracias por la informacion.El problema es que segun direccion no tenemos derecho al descanso,ni a comer ni a mear ni a nada.Lo he pedido por escrito claro.Segun el estatuto de los trabajadores hay un descanso cada 6horas no inferior a 15 minutos,pero segun direccion ese derecho fundamental se lo pasan por……………….estoy buscando toda la informacion posible.Hay un convenio pero de ambulancias,nada pone del summa,por eso busco pero no encuentro nada.
¿entonces los estatutarios nos regimos por el estatuto de los trabajadores????10/09/2010 a las 17:57 #53467xuskiyo wrote:A lo mejor busca algun convenio de tipo bomberos o algo parecido por lo de ser un servicio de emergencias.10/09/2010 a las 17:58 #53468campe wrote:Etiam wrote:gracias por la informacion.El problema es que segun direccion no tenemos derecho al descanso,ni a comer ni a mear ni a nada.Lo he pedido por escrito claro.Segun el estatuto de los trabajadores hay un descanso cada 6horas no inferior a 15 minutos,pero segun direccion ese derecho fundamental se lo pasan por……………….estoy buscando toda la informacion posible.Hay un convenio pero de ambulancias,nada pone del summa,por eso busco pero no encuentro nada.
¿entonces los estatutarios nos regimos por el estatuto de los trabajadores????si lo mejor en mitad de una PCR es decir a la direccion del summa que vas a descansar 15 minutos o que tienes derecho a comer y cenar. Trabajamos en un servicio de emergencias donde los horarios son diferentes, el sueldo, los beneficios y perjuicios ect ect ect.
Un poquito de cabeza y no tanta tonteria no me imagino delante de un juez diciendo a su señoria que la legislacion laboral me permite parar y descansar y por tanto no atiendo a las emergencias.
10/09/2010 a las 17:59 #53469FranTorrejon wrote:Campe, por eso no solo hay un recurso, sino todo un catalogo excesivo de recursos para atender las incidencias que ocurren, por lo que con organización, se puede dejar comer perfectamente a los recursos mientras unos se cubren a otros. Antes de catalogar las aportaciones de tonterías, relee dos veces tu mensaje y quizá cambies la forma de ver y contestar. Un saludo10/09/2010 a las 17:59 #53470sireno wrote:por que no preguntas a los sindicatos, que para algo estan????10/09/2010 a las 18:00 #53471deicide wrote:Campe, me parece que eres bionico, por que según leo, tu no necesitas comer, cenar, beber, cagar o mear, incluso dormir. Hay que estar siempre en la emergencia. Vamos a tener un poco de cabeza, como dice fran, para eso hay diferentes recursos, con diferencia de horario de entrada para solaparse y cubrirse unos a otros. Todo el mundo tiene un mínimo de derechos y si no pregúntaselo a cualquier juez, por que si no comes algo, no tendrás fuerza para hacer efectiva una parada, ya que te dará un sincope por inanición y tendrá que ir otros dos recursos, uno para el paciente en pcr y otro para ti. Un poco de coherencia que somos personas, un saludo.10/09/2010 a las 18:01 #53472cybor wrote:Hola Etiam el articulo 50 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.Es lo aplicable al personal estatutario.http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l55-2003.html#a50
un saludo
10/09/2010 a las 18:02 #53473Buscapino wrote:si lo mejor en mitad de una PCR es decir a la direccion del summa que vas a descansar 15 minutos o que tienes derecho a comer y cenar. Trabajamos en un servicio de emergencias donde los horarios son diferentes, el sueldo, los beneficios y perjuicios ect ect ect.
Un poquito de cabeza y no tanta tonteria no me imagino delante de un juez diciendo a su señoria que la legislacion laboral me permite parar y descansar y por tanto no atiendo a las emergencias.
A lo mejor lo que le tienes que explicar al juez es, el porque llevabas 12h seguidas conduciendo y atendiendo cuando te estampaste con el vehiculo.
lo que se ahorraran contigo en bases, como no te pagan por ver la tele… a patearte la ciudad….
Campe, hay «bases» y «veces» que el trascurso de la guardia te permite unos descansos razonables, y si no comes a las 14H como en tu casa lo haces a las 16:00, que en emergencias no nos morimos por ello. Pero el periodo de descanso, muy especialmente cuando se superan las 8 horas de trabajo, ha de ser obligatorio y ten en cuenta que sera un descanso «minimo» obligatorio. Es decir, que tiene que tener ese descanso asegurado al menos.
Si el hecho de que una dotacion pueda comer tranquilamente, durante una horita, sin la presion continua de tener que levantarse , malpagar y salir a medio comer, para cualquier tipo de aviso, significa que la comunidad se queda sin recursos… el problema es que faltan recursos.
Pero en fin, creo que el problema es mas el tipo de avisos que te dejan sin ese descanso. Cualquier trabajador de emergencias se queda a medio comer si el aviso es grave, de eso no tengo dudas, pero eso no pasa toooodas las guardias, justo a la hora de comer…;PCampe, con esa manera de pensar, no defiendes un modo de trabajo, (el de emergencias). Solo defiendes una estadistica, la que te dice que atiendo en menos de tantos minutos, aunque sea un catarrito, y aunque eso sea a costa de mis trabajadores. Si lo piensas, veras que tengo razon.
10/09/2010 a las 18:02 #53474blanquito112 wrote:El asunto no es tan fácil como lo estais poniendo.En derecho se diferencia mucho entre el interes individual y el interés general. En este caso esta claro. Interés individual, tu tiempo de descanso, y el interés general, la atención al ciudadano demandante. Y siempre teniendo en cuenta la interpretación del juez, por regla general prevalece el interés general sobre el individual.
El Estatuto Marco, que es el que rige para el 80% del personal del Summa (y que no lo tengo empapado), indica en el artículo que ha expuesto un forista, que este tiempo de descanso estará supeditado al mantenimiento del servicio (entre parada y comida, gana parada).
Por último, el tiempo de descanso no es tan grande: 15 minutos por cada 6 horas. Es decir, que por 12 horas, 30 minutos (casi es el tiempo que se tiene para entrar en un chino, comprar unos piscolabis, pagar e irte) Y seamos claro, a lo largo de 6 horas, en algún momento tienes esos 15 minutos (que se hacen muy cortos)
Lanzo la siguiente pregunta. Las jornadas ordinarias de trabajo son de 8 horas (7 en el caso del estatutario por tener 35 horas semanales). Si el tema de la comida causa tantos perjuicios ¿nadie se ha planteado renunciar a las jornadas interminables de 24 y 12 horas con el objeto de poder comer en condiciones y que ocasiones tantos perjuicios como estais comentando?
10/09/2010 a las 18:05 #53475Etiam wrote::saludos: CAMPE: Como bien has dicho un poquito de cabeza,que parece que tu no la tienes.Evidentemente ante una emergencias real nada es dicutible.Todos seguro, hemos estado mas de 24horas sin comer,sin dormir,sin mear,dejandonos la piel,pero por una emergencia real. Pero ante nuestras jornadas sin ningun tipo de descanso, con avisos que son mas una tomadura de pelo que otra cosa y sin ningun motivo de urgencias, ante eso necesitamos un descanso.Insisto que no es un capricho es una necesidad basica. Me encantaria saber en que unidad estas en la cual solo haceis emergencias.
CYBOR: Muchas gracias por la informaciónGracias a todos por las respuestas,el tema ,como bien dice blanquito no es facíl de tratar.Como Humana puedo equivocarme, pero aqui se juega con nosotros y nuestras necesidades basicas.¿Alguien puede estar 12horas sin comer,en pleno verano,haciendo avisos no urgentes???
Tambien campe decirte que no te enfades por la dureza de mis palabras,pero se nota que tu unidad debe ser la mejor del servicio y que no sabes de lo que se esta tratando porque afortunadamente tu no lo padeces.10/09/2010 a las 18:07 #53476blanquito112 wrote:Vamos a ver si intentamos que reine el sentido común, y tratemos de mirar esto en global y no desde nuestro pequeño universo.He estado en todo tipo de dispositivos, y desde unidades muy tranquilas, como Colmenar, hasta muy malas como la UVI5. Desde coches muy tranquilos como El Molar, hasta UADS horribles como Orcasitas o San Blas.
En Vires fatales como el 11 y el 1.
Cuando en UADs nos han pasado avisos normales, hemos pedido que nos dejarán 10 minutos para tomar un cafe, y con buenos modales, por regla general nunca lo han negado (sabemos que siempre hay algunos locutores un poco tocapelotas). Y ese cafe ha durado más de 10 minutitos.
En guardias de 17 y 18 avisos en una UVI 6, he llegado a tener ratitos de dos horitas de relax. Y si hemos pedido una tregua porque la guardia esta siendo de las históricas, en la medida que se ha podido lo han concedido.
En los Vires de Madrid, es cierto que que no se haya comido cuando haya querido, pero media horita nos han podido dejar.
Esta claro que siempre hay excepciones, pero ha sido la regla general en el tiempo que he estado trabajando en el Summa.
Pero seamos autocríticos. Cuando nos pasan dos avisos seguidos, se empiezan con las picardias. Cuadre de los avisos. Alargarlos en los hospitales. No dar el operativo hasta 10 minutos o un cuarto de hora despues. Dar el tiempo de comida, cuando ya vamos casi por el postre. Seamos claro, en la calle no se hacen tampoco las cosas de forma muy correcta. Y seamos realistas. Que en esta época, rara es la dotación que no pasa por un «chino» y se compra se botellita de agua y sus «chuches».
Y si nos ponemos más papistas que el papa, recordemos que según el artículo que ha puesto el compañero, tan solo hay derecho a 1 hora de descanso en 24 horas.
Cuando entra una llamada, y entra como emergente, no se sabe lo que es hasta que no se llega. Si algunos ven tan fácil el tema de regular los avisos, pues ya sabe. ¿Cuántas llamadas puede atender un médico en una hora?…. pues eso (salvando que cierto es que hay médicos que regulan mucho mejor que otros)
Cuando se entra a trabajar aquí, se sabe a lo que viene.
«si no pregúntaselo a cualquier juez, por que si no comes algo, no tendrás fuerza para hacer efectiva una parada, ya que te dará un sincope por inanición y tendrá que ir otros dos recursos, uno para el paciente en pcr y otro para ti. Un poco de coherencia que somos personas, un saludo. «
Si es tan perjudicial para la persona, quizás haya que cambiar los turnos y los horarios y reducirlos a lo del resto de trabajadores, sobre todo cuando esta amenazada la salud como se dice, ¿no?
10/09/2010 a las 18:08 #53477Buscapino wrote:en esta época, rara es la dotación que no pasa por un «chino» y se compra se botellita de agua y sus «chuches».
Cuando se entra a trabajar aquí, se sabe a lo que viene
En guardias de 17 y 18 avisos en una UVI 6, he llegado a tener ratitos de dos horitas de relax. Y si hemos pedido una tregua porque la guardia esta siendo de las históricas, en la medida que se ha podido lo han concedido.
Hombre, yo me referia a ese descansito, en el que sabes seguro que no te van a llamar salvo emergencia vital de verdad (que no catarros varios), (por que tu centro te tiene en descanso) que coincide malamente con la hora de comer, y en la que te puedes abrir la tartera tranquilamente, en tu base y comer como Dios manda. Pero si para el personal, pasarse por un chino e ir comiendo chuches es descanso, no problem, retiro lo dicho.
Como ya sabiais a lo que veniais, tienes razon, no pidas absurdeces aberrantes y limitate a currar como un campeon, y a venir comido de casa, que ese dia lo mismo no toca. Total ante una parada y tu descanso el de la toga dira que la parada (evidentemente), y ante un catarro y tu comida, el servicio dira que el catarro, que no puede esperar, claramente.
Y a los sindicatos, ni mentarles que intenten conseguir una horita de descanso reglada, que luego la conceden y alguno se siente culpable.
Siento el tono ironico, pero es que no me parece una peticion, ni mucho menos descabellada, en especial en esas unidades que no suelen parar… nose… Llamadme raro.
10/09/2010 a las 18:09 #53478Buscapino wrote:En derecho se diferencia mucho entre el interes individual y el interés general. En este caso esta claro. Interés individual, tu tiempo de descanso, y el interés general, la atención al ciudadano demandante. Y siempre teniendo en cuenta la interpretación del juez, por regla general prevalece el interés general sobre el individual.
Por cierto, tu descanso y en su caso comida, no es «interes individual» es «necesidad basica».
Y te pongo un par de ejemplos muuuy claro. Los pilotos tienen unas horas de descanso establecidas, que deben de cumplir a rajatabla, aunque el interes general sea que vuelen, para beneficio de la mayoria, si no cumplen esos descansos, lo tienen prohibido. Lo mismo les pasa a los camioneros y autobuseros, que tienen que hacer unos descansos obligatorios cada cierto tiempo. Esto es obligatorio desde que se ha demostrado que ese «no descanso» ha causado graves accidentes ante la falta de reaccion y atencion.
No me parece que el personal medico, enfermero y tecnico esten hechos de otra pasta diferente. Todos manejan maquinaria y/o toman decisiones que que afectan a la vida de personas. - AutorEntradas
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