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  • #50871
    dianat
    Participante

      :saludos: hola compis. Alguien sabe si la nueva empresa ha incorporado alguna ambulancia psiquiatrica?Seguimos con la unica del samur????

      En la ultima guardia tuvimos un grave problema con el samur que casi termina en el juzgado(porque no quiso el medico que si no….)Seguiremos aguantando a los de amarillo?y su prpotencia y chuleria claro!

      :saludos:

      PD: Si alguien le interesa le explicare lo que paso con esta «gente»

      #67019
      sireno
      Participante

        Hola

        Jejeje, voy viendo por donde viene tu desagrado hacia los amarillos. Pero recuerda que descerebrados hay en todos los sitios, no solo en Samur, y que afortunadamente no son todos iguales, sino que gracias a Dios, estos son los menos.

        Que yo sepa para madrid esta el Samur, y para fuera (rural) si tenemos una del sermas, que imagino que habran subrogado los de Isolux. A ver si alguno de ellos te puede confirmar.

        Salu2 :saludos:

        #67020
        scorant
        Participante

          Etiam, cuentanos el caso para que podamos opinar y si es posible dar soluciones para nuevos problemas que puedan surgir pues cuando yo estaba en una UAD siempre me salí con la mía cuando tenía un psiquiátrico.

          #67021
          Chiquitin

            chema,

            Estos casos… no seria mejor comentarlo en el otro foro?

            :saludos:

            #67022
            dianat
            Participante

              OK creo que chema tiene razon cuento el caso en nuestra zona de trapitos internos. editado quetecuen :saludos:

              #67023
              scorant
              Participante

                Por supuesto que hay que hacerlo en la zona privada.

                #67024
                pitterr

                  Las urgencias nuevas disponen de 2 ambulancias psiquiatricas operativas

                  Saludos

                  #67025
                  dianat
                  Participante

                    :saludos: Muchas gracias por la informacion pitter,pero sabes si estan operativas en madrid o en la periferia?? :ardodealegria:

                    #67026
                    juanmosca
                      Etiam wrote:
                      OK creo que chema tiene razon cuento el caso en nuestra zona de trapitos internos. editado quetecuen :saludos:No creo que sea acertado que, tras volver una vez màs a ponernos a parir a los de «amarillo», se den las correspondientes explicaciones en un àrea exclusiva. A uno le empiezan a joder determinadas actitudes sectarias. No voy a entrar al saco sobre lo bueno que es el SUMMA y lo despreciableque que es el SAMUR, pero quisiera creer que en ambos sitios hay gente inteligente.
                      #67027
                      Aceituno62

                        Gente inteligente la hay en todos lados y payasetes tambien……….normalmente son estos ultimos los que mas ponen el grito en el cielo por lo malos que somos los de amarillo y cuando se abren las bolsas de trabajo u oposiciones pierden el culo por venirse al «lado oscuro», afortunadamente la buena gente cubre con su actitud las carencias de sus «compañeros»

                        #67028
                        scorant
                        Participante

                          El debatirlo en la zona privada es precisamente para que no haya piques absurdos. Gente buena y mala hay en todos sitios y de hecho tengo grandes amigos en SAMUR. Incluso pese a que digan que nos llevamos mal puedo deciros que hay al menos un matrimonio en que uno es médico de SAMUR y el otro del SUMMA 😆 😆 y en un póster de SAMUR en el congreso de la SEMES salía una foto mía y no les pedí el derecho de imagen 😆 😆 😆 .

                          Ahora mas en serio yo por la zona que tenía en la UAD hace años trabaje muy a menudo con la papa y muchísimas veces no tuve ningún problema y fueron unos excelentes colaboradores y pocas veces tuve problemas y al final se resolvieron como yo creía que se tenían que resolver, pues lo que daba era una orden facultativa.

                          #67029
                          juanmosca
                            chema wrote:
                            El debatirlo en la zona privada es precisamente para que no haya piques absurdos…se resolvieron como yo creía que se tenían que resolver, pues lo que daba era una orden facultativa.

                            En mi opiniòn, el debatirlo en una zona donde sòlo el personal del SUMMA tiene acceso, es un enorme error y provocarà aùn mayor recelo del existente entre los curritos de ambos servicios, al omitirse la opiniòn y visiòn de quienes trabajamos en el SAMUR y que creo servìan para contar con los elementos de juicio necesarios para conocer còmo funcionamos y pensamos mayoritariamente en el SAMUR. En cuanto a tu referencia a còmo se resuelven las cosas con la unidad psiquiàtrica del SAMUR, ambos conocemos que pueden existir dos òrdenes mèdicas distintas ambas con validez jurìdica: la del mèdico presente en el punto y la reflejada en los manuales de procedimientos de mi servicio. Lo que no es de cajòn, y sucede con no poca frecuencia, es ordenar un ingreso forzoso saltàndose a la torera lo dispuesto en el còdigo cìvil y es en eso donde los tècnicos del SAMUR se van a mostrar siempre beligerantes. Como de esto podrìamos hablar un siglo, te invito a que leas el siguiente artìculo colgado en http://personales.ya.com/laemental/inter_ps.pdf

                            #67030
                            scorant
                            Participante
                              juanmosca wrote:
                              ambos conocemos que pueden existir dos òrdenes mèdicas distintas ambas con validez jurìdica: la del mèdico presente en el punto y la reflejada en los manuales de procedimientos de mi servicio.

                              La única orden médica valida es la del médico que está en el lugar que es el que hace la valoración del paciente in situ. Lo siento mucho por los técnicos que van en la papa pero ellos no son quienes para poner en duda el diagnóstico de un médico, ya que ante el juez es él el único responsable de su orden médica.

                              De hecho en las ocasiones que he tenido problemas con la papa he llamado a mi centro coordinador diciendo que llamen al juez de guardia porque la ambulancia psiquiatrica no se quería llevar a un paciente que yo había ordenado y en ese mismo momento cambiaban de actitud y se lo llevaban. Solo hubo un caso en que llamaron al jefe de la guardia del SAMUR y este les ordenó que se lo llevaran, y que quien eran ellos para cuestionar una orden de un médico.

                              Por cierto el articulo al que haces referencia habla de internamiento no de traslado ya que nosotros como médicos de urgencia ordenamos el traslado no el internamiento y te aseguro que cuando lo hacemos siempre miramos los pro y los contra para no pillarnos los dedos.

                              Te pongo el siguiente caso: vas en una ambulancia convencional para trasladar a un paciente por orden facultativa y dices este paciente no me lo llevo pues puede irse en un taxi. ¿crees que estás actuando bien?

                              #67031
                              scorant
                              Participante

                                Para mas información sobre el tema:

                                http://personales.ya.com/laemental/urg_psq.pdf

                                T copio la parte final que habla del traslado forzoso y de las responsabilidades de quienes no acatan la orden médica, en este caso la autoridad policial.

                                Tanto si trasladamos como si no, seremos responsables de la conducta

                                inmediata del supuesto paciente, y siempre que creamos que un paciente puede ser

                                perjudicial para él mismo o para la sociedad, debe ser trasladado a un centro

                                hospitalario para su observación y tratamiento (artículo 211 del código civil), o ser

                                tratado de manera ambulatoria bajo control. Por tanto en estos casos, el médico debe

                                disponer los medios para su traslado forzoso o no, pero nunca para su ingreso, ya que

                                éste solo puede dictaminarlo el juez mediante una orden judicial debidamente

                                redactada en papel oficial con membrete y sello, o bien dentro del hospital, el

                                psiquiatra una vez que ha evaluado al paciente.

                                Con respecto a la autoridad policial, nos encontraremos con todo tipo de

                                agentes, desde los colaboradores totales, hasta los que se inhiben completamente

                                («sujétemelo usted, y yo le pongo las esposas»). Aclarar que siempre que un médico

                                decida en base al artículo 211 del código civil su traslado forzoso hacia un centro del

                                tipo que sea, su obligación es reducir al paciente para que los sanitarios puedan aplicar

                                medidas de sujeción, y si se niegan puede acudirse a su jefe inmediatamente superior

                                (lo que suele dar resultado) o si esto último no funciona, dejar claramente por escrito

                                nuestra imposibilidad para un traslado que estimamos necesario y así despojarnos de

                                nuestra responsabilidad, trasladándosela a otros.

                                #67032
                                chancletas
                                Participante

                                  Hola:

                                  :alabar: No puedo estar más agradado por el nivel de discusión que tenemos con referencia bibliográficas en este momento. Juan mosca y Chema , sois de lo mejorcito de por aquí. Sin embargo no creo que anime mucho la disputa -entiendase con educación- por cuanto no hay una legiislación o normativa escrita de como debe ser la PASA, de como se debe trasladar o no al los enfermos psiquiátricos y de los límites que el traslado forzoso tiene.

                                  Estimado JuanMosca: el articulo que enlazas en tu comentario, 😕 te anticipo, que no se refiere a la legislación actual, además, cuanto la reforma del Codigo Civil, expone claramente que la comunicación al juez, por motivos de urgencia será diferida o realizada ya por el médico psiquiatra cuando ya haya hecho la valoración del cuadro y estime el ingreso involuntario.

                                  Dado que el traslado forzos no es un rapto ni un secuestro (sino la valoración que harían las cuerpos de seguridad del estado sería otra e impedirían el traslado porque pone en riesgo los derechos constitucionales del individuo,la capacidad civil y su integridad con esta decisión), no se estima necesario que:

                                  1.-Sean los técnicos de la PASA los salvaguardas de la información médica o personal del paciente, ni aportarán opiniones de la no indicación del transporte al personal sanitario in situ, puesto que la no comunicación al juez de guardia, es responsabilidad del médico que indica el traslado forzoso inherente al ingreso involuntario.

                                  2.-Sean los técnicos de al PASA, personal meramente actuante en el traslado del paciente, los que determinen la necesidad de comunicación inmediata al juez de guardia.

                                  Por tanto, espero que nos enlaces vuestros criterios de funcionamiento, para un mejor entendimiento de las partes, puesto que lo que has enlazado es un artículo de opinión de un abogado especializado en este tema, pero no vuestros protocolos de actuación.

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