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28/06/2014 a las 0:05
#85945
Si has sido habilitado por las normas del RD, deberían haberte dado una hoja de la consejería en el que te haga constar tal habilitación.Yo la tengo.
Ante la G.C. tendras que presentarle el carnet de conducir si es que conduces.
Si el G.C. necesita saber tu condición laboral que llame a la empresa, no se yo hasta que punto le tenemos que presentar al guardia ese documento,(opinión personal).Ya no tenemos Agencia Lain Entralgo , ni carnets que certifiquen nuestra profesión, ya no tenemos que renovar cada 3 años…………….