Inicio › Foro de Summarios › Summa 112 › nuevos SVI en el SUMMA › Respuesta a: nuevos SVI en el SUMMA
Gracias Santi.
Una duda que tengo, está contemplada la SVI en la CAM??????
Yo, y solo yo, sin leer a nadie, ni opinar por nadie 😛 😛 😛 , creo que esto es una solución ,temporal????para que al SUMMA no le vuelvan a tirar de las orejas por los tiempos de respuesta. No veo ninguna externalización, si no que no hay vehículos para implantar esos recursos propios de SUMMA.
Art.5 del 128/1996:
2. Ambulancias asistenciales: Son vehículos destinados al transporte de enfermos que puedan precisar asistencia sanitaria en ruta. Estos vehículos podrán también cumplir funciones de ambulancias de traslado.
Dependiendo de los equipamientos materiales y de dotación de personal sanitario las ambulancias asistenciales se clasifican en:
a) Ambulancias de asistencia urgente: Son vehículos, identificados como ambulancias, diseñados y equipados para el transporte tratamiento y monitorización básicos de enfermos.
b) Ambulancias de asistencia intensiva tipo «UVI Móvil» (Unidad de Vigilancia Intensiva Móvil): Son vehículos, identificados como ambulancias UVI Móvil, diseñados y equipados para el transporte, tratamiento médico y monitorización avanzada de enfermos.
3. Las ambulancias de asistencia urgente en la prestación de sus servicios, podrán actuar como ambulancias tipo «UVI Móvil» siempre que estén dotadas de los medios humanos y materiales establecidos en el punto III B del Anexo del presente Decreto.
