Inicio › Foro de Summarios › General › PLUS DE NAVIDAD › Respuesta a: PLUS DE NAVIDAD
20/11/2008 a las 21:02
#83024
No se me olvida que estamos hablando de Empleados Públicos. El Principio JurÃdico que te hablo es a nivel general, sin diferenciar.
Otra cosa, y aquà es donde si puedo estar equivocado, es la vÃa judicial. Por la que yo hablo, es por la de los Social, no por la del Contencioso Admtivo.
De todas maneras, serÃa muy interesante conocer la sentencia que comentas. De todas maneras, la Admon realiza una cantidad de irregularidades, sabiendo que no son legales (ejemplo, cubrir vacantes con contrato de acumulos de tarea durante años).
