Inicio Foro de Summarios General Carta sobre vacaciones de navidad Respuesta a: Carta sobre vacaciones de navidad

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Ptah

    Aunque yo no estoy afectado por los nefastos turnos que se implantaron en el SUMMA tras la puesta en marcha del infame, incumplido y concluso PIUE de la CM (os recuerdo que concluyó el 311207) al haberme adherido a la recomendación 2ª, no deja de sorprenderme la situación.

    Parece que los representantes sindicales se opusieron a esos nuevos cuadrantes y propusieron varias alternativas. La Gerencia se negó y se hace lo que ella dice, sin tener en cuenta los efectos negativos que conlleve esa decisión para los EEPP.

    Mi reflexión es: ¿Qué margen de maniobra tienen los representantes sindicales en el SUMMA? ¿Qué intereses particulares, de personas físicas y/o jurídicas, se manejan en este servicio para que no se haga nada a nivel institucional y tengan que ser los trabajadores particulares los que tienen que aportar alternativas?

    Nada tengo en contra de las iniciativas particualres, más bien al contrario; lo que me extraña es que un PIUE extinto y fracasado, que sí supuso la creación de cientos de puestos de trabajo (¡y a qué precio!); que supuso un cambio en las condiciones de trabajo de la mayor parte de los trabajadores (interinos y suplentes; los propietarios pudieron elegir); que no reflejaba esa supuesta «autogestión» y sí unos cuadrantes que nunca se han cumplido; que no reflejaba los doblajes veraniegos (disfrazados con el eufemismo «autocobertura»); reconecto, me extraña que nadie haga nada por actualizar y corregir algo que no funciona ni ha funcionado en el trienio en vigor ni en la actualidad.

    La Administración se niega a cubrir con suplentes las vacaciones; ¿cómo no se va a negar si la «autocobertura» significa suplencias a 0€?

    ¿Cuantas veces se ha mencionado la incongruencia que significa la división del cómputo anual entre 12 meses cuando el año laboral es de 11 más uno de VAR?

    ¿Nadie recuerda que el escrito al efecto no ha sido firmado más que por una minoría?

    Esta carta que comenta este debate no incide en la base del problema, simplemente adiciona un parche que no lo resuelve, tan solo lo retrasa… ¡Y durante muchos años!

    No veo razón ninguna para que la Administración cambie de parecer; lo que veo indica lo contrario.

    No hay más que recordar es sentencia de un juez de lo Contencioso Administrativo que dice que los afectados por los turnos de 12 y 24 h del SUMMA tienen el tiempo libre necesario para hacer todo lo que necesiten, y por ésto son los únicos que no tienen DLD entre todos los EEPP.

    Y qué decir de compaginar vacaciones con la familia (¿conciliación familiar?); y qué decir del reconocimiento como Personal Nocturno de los afectados por estos turnos que realizan más de 1/3 de su jornada en horario nocturno… ¿Y de lo demás qué? ¿No dice la Administración que las jornadas aplicables son las de 7 h (Acuerdo de las 35 h.) y por eso los «canosos» se computan a esas 7 h?

    PMA tiene razón: Tenemos lo que nos merecemos.

    😐

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