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Se puedrÃa convocar nueva movilidad interna sin incluir las plazas ya ofertadas en la anterior movilidad, ya que se deberÃan respetar hasta la resolución de la demanda pendiente.
El caso es que si la Gerencia lo hace, que criterio sigue, el anterior y exponerse a una nueva demanda, o el de los demandantes, dandoles la razón implicitamente. No creo que se haga nada hasta la resolución definitiva de la vÃa judicial. Entre tanto a esperar, y con suerte, espero que la movilización se haga efectiva por el lavantamiento, medienate auto, de la suspensión de la movilidad.
En cuanto a las cabezas, en mi opinón, que todas sigan en su sitio, el asunto menos llevadero es la lentitud de la resolución judicial. Un saludo.