Inicio › Foro de Summarios › Los trapos sucios se lavan en casa › NUEVA LEY BASICA DEL TRABAJADOR › Respuesta a: NUEVA LEY BASICA DEL TRABAJADOR
Eso no lo dice la Ley; eso lo dice la Gerencia y/o la DG; eso no lo dicen las múltiples sentencias al efecto.
Lo que dice la Ley 7/2007 es:
➡ Art. 48 1. Las Administraciones Públicas determinarán los supuestos de concesión de permisos a los funcionarios públicos y sus requisitos, efectos y duración. En defecto de legislación aplicable los permisos y su duración serán, al menos, los siguientes:
➡ Art. 48.1 k) Por asuntos particulares, seis dÃas.
➡ Art. 48.2 Además de los dÃas de libre disposición establecidos por cada Administración Pública, los funcionarios tendrán derecho al disfrute de dos dÃas adicionales al cumplir el sexto trienio, incrementándose en un dÃa adicional por cada trienio cumplido a partir del octavo.
Aunque ya lo he puesto muchas veces… ¿Si ya se han descontado los DLD en el cómputo del PIUE (no lo pone por ningún lado), cuántas horas/año realiza el Personal con turnos de 12 o 24 horas?
Haced cuentas y me decÃs. Parece que siguen en sus trece.
A ver si se atreven a contravenir una Ley del Congreso…
A ver si el Personal afecto por el PIUE y sus turnos y cómputos (y tanto que «especiales») traga o demanda.
😐
