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10/12/2007 a las 19:35
#75196
Las medidas cautelares son provisionales hasta que se dicte sentencia, por lo tanto no tiene sentido que sean recurribles hasta el fin de los tiempos. Esto es, lo que decida el TSJ el dÃa 19 sobre la suspensión no es recurrible de ningún modo, ni casación ante el Tribunal Supremo, ni amparo ante el Tribunal Constitucional. Con su decisión nos vamos a tener que aguantar hasta la sentencia, tanto si nos parece bien como si no. Cruzad los dedos.
