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Etiam, me he leido la sentencia y hace referencia a tecnicos especialistas(FPII), en ningun caso hace referencia a Tecnicos en Emergencias. Ni a actuaciones de urgencia (que podrian considerarse situaciones especiales en según que casos).
De todas manera, no creo que en una situacion de riesgo vital, se pueda considerar intrusismo, por ejemplo que el tecnico ponga los electros, mientras enfermeria canaliza vias… o que el tecnico haga una glucemia aprovechando la sangre del deposito del cateter. Y dudo mucho que ninguno nos pongamos a coger vias ,mucho menos a investigar lo profundo de la cavidades corporales humanas con algun tipo tubo. 😛