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Pero hay que pensar tambien en el de protección de datos de carácter personal del enfermo,no obstante supongo que aquà por el motivo de la urgencia no habrÃa problema Chema en que entregaras el informe a los técnicos,y hasta que estos lo lean.
yo creo que ninguno!
APARTADO 1 del Art. 199 del codigo penal, regula un delito general de violacion de secretos de los que se tenga conocimiento en el transcurso de las relaciones laborales o desempeño de un oficio.
Una orden médica bien cumplimentada está claro que hay que exigirla,pero de ahà a negarse a realizar un traslado valorando una medicación puesta por quien sea……………….
no creo que se negaran pensando en si esta bien o mal puesta, sino mas bien en que al estar medicado por el facultativo, podria entenderse que el paciente era mas apto para traslado en UVI. (esta medicado y necesita control medico)¿?