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Buenas noches a todas/os.
Sólo pido que se aplique la ley ( estatuto marco en en personal estatutario) en el personal laboral o funcionario lo desconozco.
Artículo 50. Pausa en el trabajo.
Siempre que la duración de una jornada exceda de seis horas continuadas deberá establecerse un período de descanso durante la misma de duración no inferior a quince minutos. El momento de disfrute de este período se supeditará al mantenimiento de la atención de los servicios.
Bien esto significa apagar el móvil y desconectar del trabajo durante estos 15 minutos como mínimo, es decir si estamos en una uvi movil nos corresponde una hora que bien puede ser distribuida en media hora para comer y media hora para cenar, cuya función y organización de la misma es competencia exclusiva del CCU. Y como máximo responsable que no cumple la ley aún sabiéndola o siendo de obligado cumplimiento su conocimiento de la legislación aplicar de la mejor forma que crea conveniente. A los staff para eso les pagan para pensar, respetar las leyes, y hacerlas cumplir, o será único responsable de actuar desde su criterio sin respetar las leyes vigentes, ( y para todos iguales) que nos ampara la carta magna.
¿Porque todos los servicios de urgencias y emergencias se organizan y se coordinar para comer o cenar, menos nosotros?.. ¿ Presunto delito?.
Si cada 6 horas nos corresponde 15 mínimos de desconexión con nuestro puesto de trabajo, y no respetan dicho artículo nos están robando una hora diaria a todas las uvis y demás recusos que tienen jornada de 24 horas, media hora diaria a vires y recursos que estén a doce horas. Estas horas que nos roban o no reivindicamos que nuestro derecho, son muchas horas diarias, semanales, mensuales y anuales que le estamos regalando a nuestra empresa y ya voy entendido las productividades de nuestros staff que se pueden ver en sagasta en la productividad de los staff de la CAM. Sólo pido que se cumpla la ley, que deben conocer, respetar y hacerla salvaguardar. ¿ Es mucho pedir?.
Sobre los cheques comidas nos pueden pagar hasta 9 euros, preguntado ha hacienda y no tenemos que declarar nada como pago en especie, pasando de los nueve euros si, que el lo que les pasa a los funcionarios del extinguido sercam que se lo pagan en dos veces el concepto de dietas una paga en junio y otra en diciembre en concepto de dietas. Para más información que os la darán sin ningún problema cualquier delegación de hacienda.
Un saludo y buenas noches.