Inicio › Foro de Summarios › No solo Summa › Que trato legal nos dispensan ? › Respuesta a: Que trato legal nos dispensan ?
Ahora recojen tb que se obstentará el cargo de autoridad al personal docente en el ejercicio de sus funciones, ya sean estos profesores que ejerzan en la educación pública o privada, exactamente lo mismo que el personal médico o de enfermería que ejerza a nivel privado o público y esten desarollando sus funciones está actualmente en vigor que además de los delitos por agresión o daños que pudiese haber, podría pedirse por parte de la defensa un agravante por producir daños, agresiones o amenazas a estos dos colectivos.
Eso no es asi, me temo. Y es en el primer punto donde la consideracion de autoridad del profesor se da su primer traspies. En el ambito privado, hay dificultades para considerar autoridad a nadie. Eso es por la relacion laboral que tienen. Y me explico ( a ver si consigo que me entendais).
Un TRABAJADOR , es un individuo que tiene una relacion laboral sea la que fuere, que le une a la empresa que le paga, en unas condiciones concretas (es una relacion laboral, aunque el que pague sea ,por ejemplo, la Comunidad de Madrid).
Un FUNCIONARIO,»» ES»» la Comunidad de Madrid. El funcionario es parte del organismo en el que trabaja. No es lo mismo agredir a alguien que trabaja para el estado, que al estado mismo, a traves de sus funcionarios. Si el cargo que se ejerce es privado… pues no os digo nada.
Por eso es «relativamente» facil(es un decir, que no todos los funcionarios tiene presuncion de veracidad, por ejemplo..ni siquiera algunos cuerpos auxiliares de policia),es «facil», decia, dar ese grado de autoridad a un profesor..que es funcionario publico del estado ( es parte del estado). Y no lo es, darselo a uno privado. Y es que el problema no es tanto de titulaciones o trabajos, sino de categorias.
La verdad es que la idea es bastante buena, pero tiene sus complicaciones. A ver como se desarrolla y si se desarrolla. :saludos: