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Blanquito, porque la denuncia en la prensa no viene recogido entre las maneras ordinarias de abrir un procedimiento administrativo, o bien vía interna (exclusivo de la empresa) o bien externa (juzgados, de lo social o contencioso, dependiendo si denuncia a la empresa o a la comunidad de Madrid)
Y no hablo como representante sindical, sino que el sindicato, la entidad como tal sea la que denuncie por queja de uno de sus representantes en la empresa, pero si el firmante de la denuncia es una persona física y no el gabinete jurídico de un sindicato, hay un nombre contra el que dirigir los objetivos. Sin embargo si es una persona jurídica (empresa, sindicato o despacho de abogados) no hay una Diana posible…
