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Zonacero, ya te ha contestado chiquitin a tu pregunta. La normativa solo indica el tipo de traslado por la calidad asistencial, no por la urgencia del mismo. Puede ser una ambulancia de traslado, de traslado colectiva, o de soporte vital (basico o avanzado). Luego ya que el traslado sea urgente o no es indiferente, ya que ambos vehiculos van equipados con material de soporte vital basico (RCP-B instrumental y algunas otras cosas muy basicas) y con señales acusticas y luminosas adecuadas segun la normativa de la DGT y tal y como exige el RD que te ha puesto el compañero. Y en ese tema no se mete para nada en la rotulacion exterior a la hora de diferenciar una de otra.
Si la pregunta es por el interes para tu idea de montar una empresa, ciñete a lo que ponga la ley conforme a rotulacion, material, medidas y demas. Si es por interes de pedir mas material a alguna empresa para la que trabajes… todo el que te quieran dar de mas sera por favorecer ellos el trato al paciente, pero nada mas.