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10/09/2010 a las 17:58
#53468
campe wrote:
Etiam wrote:
gracias por la informacion.El problema es que segun direccion no tenemos derecho al descanso,ni a comer ni a mear ni a nada.Lo he pedido por escrito claro.Segun el estatuto de los trabajadores hay un descanso cada 6horas no inferior a 15 minutos,pero segun direccion ese derecho fundamental se lo pasan por……………….estoy buscando toda la informacion posible.Hay un convenio pero de ambulancias,nada pone del summa,por eso busco pero no encuentro nada.
¿entonces los estatutarios nos regimos por el estatuto de los trabajadores????
¿entonces los estatutarios nos regimos por el estatuto de los trabajadores????
si lo mejor en mitad de una PCR es decir a la direccion del summa que vas a descansar 15 minutos o que tienes derecho a comer y cenar. Trabajamos en un servicio de emergencias donde los horarios son diferentes, el sueldo, los beneficios y perjuicios ect ect ect.
Un poquito de cabeza y no tanta tonteria no me imagino delante de un juez diciendo a su señoria que la legislacion laboral me permite parar y descansar y por tanto no atiendo a las emergencias.