Baremación de Interinos

Ptah escribio «Ante las noticias contradictorias (incluso yo he incurrido en error en este tema por el cruce de informaciones) y basándome en las precisas instrucciones de la Resolución de la DG de RRHH de 100206 (art.3º), os recuerdo que TODOS los compañeros con contrato de Interinidad, Comisión de Servicio y Promoción Interna Temporal deben realizar la baremación correspondiente; insisto, TODOS.

Los ceses que pudieran tener lugar serán por orden de antigüedad (de menor a mayor) entre quienes ocupan plazas afectadas por la OPE 2001 de Consolidación. Aun así, deben baremar todos ante futuras convocatorias (OPE 2005, 2006).

En base a esa Resolución, y dado que las plazas de nueva creación ocupadas por el Personal con Acúmulos de Tareas, no están afectadas por esa OPE, ni por ninguna otra, pues no existen oficialmente en la actualidad, estos compañeros no están convocados a baremación.

La Resolución en cuestión se ha repartido a todas las bases en sobre este fin de semana.»

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio